Hola Colegas. Una breve consulta: en una semana tengo audiencia a los fines del art. 25 de la ley 11653. Queria saber, si de presentarme y existir un ofrecimiento por parte del empleador y ser aceptado por mi cliente, se firma y el Tribunal homologa el acuerdo? O es algo más engorroso? NEcesito algun otro tipo de documentación, o se charla algun otro punto? Perdon si es burda la pregunta, pero bueno, supongo que todos han pasado por la misma situación. Desde ya muchas gracias. Saludos!
Es tal cual como decís, si hay ofrecimiento y uds. aceptan, se hace un Acta con el acuerdo y pasa a homologación. Así de simple. No necesitas ninguna documentación (solo que tu cliente vaya con DNI, obvio) y se habla solo de números.
Saludos y suerte!!