Hola, tengo una gran duda. El caso es asi: abogado en una sucesion representa a dos herederos y estos le revocan el poder nombrando a otro en el expediente. No hay en el expediente cedula que pruebe la notificacion al abogado que se le revoco el patrocinio. Este se presenta luego de 4 años solicitando regulacion de honorarios por sus tareas y diciendo que no sabia que le habian revocado el poder.(obvio que si sabia ). Desde mi punto de vista hay prescripcion. Ahora desde cuando contar el plazo? Disculpas y gracias.
scarlet escribió:Hola, tengo una gran duda. El caso es asi: abogado en una sucesion representa a dos herederos y estos le revocan el poder nombrando a otro en el expediente. No hay en el expediente cedula que pruebe la notificacion al abogado que se le revoco el patrocinio. Este se presenta luego de 4 años solicitando regulacion de honorarios por sus tareas y diciendo que no sabia que le habian revocado el poder.(obvio que si sabia ). Desde mi punto de vista hay prescripcion. Ahora desde cuando contar el plazo? Disculpas y gracias.La sucesión está terminada?