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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1159834  por gustavorodriguez
 
Hola, buenas tardes! Tengo un cliente que tuvo un accidente de trabajo In Itinere, en el cual sufrió luxacion de tobillo en otros terminos luxacion tibio astragalina, lo atendió la ART por 3 meses y medio y le dio el alta (le hicieron resonancia, en la cual salio que un edema importante pero nada de fracturas), el tema es el siguiente, el persiste con dolores y da pasos rengueando, y no puede mover el pie de costado ni tampoco rotandolo pero si de arriba para abajo, acudió a un medico traumatologo particular, el cual le dijo que podria ser quirurgico el problema que tiene que se haga una nueva resonancia y que ademas la anterior resonancia no servia por el simple hecho de que tenia mucho liquido por el edema y no dejaba ver bien los ligamentos, por ende podria tener algo mas grave y tener que operarse. Esta introducción fue para entender mejor el caso y llegar a lo que realmente quiero preguntar, el medico particular le dio 30 dias de reposo hasta nuevo control, resonancia magnetica y 15 sesiones de kinesiologia diagnosticandole un esguince moderado, los presentó en el trabajo, y habló con el jefe de recursos humanos y le dijo que no iba a abonarle los dias de este reposo debido a que para el pesaba mas el alta de la art que un simple certificado, y asi fue como acudió a mi y mandamos un telegrama mencionando dicho certificado medico y la situación del trabajador el cual hasta el dia de la fecha no fue contestado y ya han pasado 5 dias habiles de enviado el mismo, queria saber como proseguir? Si enviamos otra carta documento o que hacer? Además el está preocupado por si llegan a no pagarle el sueldo por la postura de su Jefe de Recursos Humanos. Gracias. Saludos.
 #1159836  por gustavorodriguez
 
gustavorodriguez escribió:Hola, buenas tardes! Tengo un cliente que trabajar en supermercados DIA ARGENTINA S.A, que tuvo un accidente de trabajo In Itinere, en el cual sufrió luxacion de tobillo en otros terminos luxacion tibio astragalina, lo atendió la ART por 3 meses y medio y le dio el alta (le hicieron resonancia, en la cual salio que un edema importante pero nada de fracturas), el tema es el siguiente, el persiste con dolores y da pasos rengueando, y no puede mover el pie de costado ni tampoco rotandolo pero si de arriba para abajo, acudió a un medico traumatologo particular, el cual le dijo que podria ser quirurgico el problema que tiene que se haga una nueva resonancia y que ademas la anterior resonancia no servia por el simple hecho de que tenia mucho liquido por el edema y no dejaba ver bien los ligamentos, por ende podria tener algo mas grave y tener que operarse. Esta introducción fue para entender mejor el caso y llegar a lo que realmente quiero preguntar, el medico particular le dio 30 dias de reposo hasta nuevo control, resonancia magnetica y 15 sesiones de kinesiologia diagnosticandole un esguince moderado, los presentó en el trabajo, y habló con el jefe de recursos humanos y le dijo que no iba a abonarle los dias de este reposo debido a que para el pesaba mas el alta de la art que un simple certificado, y ademas que el iba a estar ausente todos estos dias para ellos y asi fue como acudió a mi y mandamos un telegrama mencionando dicho certificado medico y la situación del trabajador el cual hasta el dia de la fecha no fue contestado y ya han pasado 5 dias habiles de enviado el mismo, queria saber como proseguir? Si enviamos otra carta documento o que hacer? Además el está preocupado por si llegan a no pagarle el sueldo por la postura de su Jefe de Recursos Humanos. Gracias. Saludos.
 #1159868  por Romina34
 
para mi deberías solicitar el reingreso a la ART, denunciando que la dolencia continúa
saludos,
 #1159877  por JorgeLAI
 
Coincido con Romina. Paralelamente, creo, deberías: intimar 48 hs el pago de la remuneración, notificando que se encuentra en mora (art. 137 LCT), bajo apercibimiento de colocarse en situación de despido indirecto, ya que el no pago configurará injuria grave dado el caracter alimentario de la misma, lo que impedirá la prosecución del vínculo laboral por su exclusiva culpa.
Pienso que deberías hablar con tu cliente sobre las consecuencias pues este tipo de circunstancias suelen terminar en la extinción del vínculo con todo lo que ello significa para el trabajador.
Es mi humilde opinión. Comentá cómo lo resolviste.
Sería bueno que colegas de mayor conocimiento y experiencia sumen sus aportes.
 #1159967  por gustavorodriguez
 
JorgeLAI escribió:Coincido con Romina. Paralelamente, creo, deberías: intimar 48 hs el pago de la remuneración, notificando que se encuentra en mora (art. 137 LCT), bajo apercibimiento de colocarse en situación de despido indirecto, ya que el no pago configurará injuria grave dado el caracter alimentario de la misma, lo que impedirá la prosecución del vínculo laboral por su exclusiva culpa.
Pienso que deberías hablar con tu cliente sobre las consecuencias pues este tipo de circunstancias suelen terminar en la extinción del vínculo con todo lo que ello significa para el trabajador.
Es mi humilde opinión. Comentá cómo lo resolviste.
Sería bueno que colegas de mayor conocimiento y experiencia sumen sus aportes.
Dale, gracias, de todas formas esto seria el 1° del mes entrante ya que recien el 1° le depositan el sueldo y seguro le van a depositar los 10 dias de la ART y nada mas.. Pero el reingreso a la art lo pidio en la superintendencia pero no le dieron mucha "bola" ya que el medico la ART dijo que el pie ya estaba bien para lo que ellos debian curar asi que va a ser rechazada y mas de lo mismo, mi cliente va a iniciar la demanda contra la ART esta semana pero por medio de otro abogado ya que estaba en proceso, pero eso es contra la ART a mi acudió por el empleador..
En fin recien el 1° al acreditarse el pago deberia intimar en 48 hs al empleador a abonarle los dias restantes? Gracias. Saludos.