Buenas noches colegas.
Estoy revisando los acuerdos firmados, bajo el programa de reparación histórica.
Estoy viendo -con gran sorpresa de mi parte- que, en todos los casos, el "borrador de acuerdo" difiere del "acuerdo transaccional definitivo" que fue firmado con huella. Es como una trampa.
Al respecto, la cláusula 3, que indica la forma de pago, es diferente en uno y otro caso.
Transcribo, aquí, las cláusulas:
Claúsula 3 del Borrador de acuerdo: "El pago del nuevo haber reajustado se efectuará –cumplidos todos los recaudos de ley y las condiciones pactadas- luego de la notificación de la homologación del acuerdo, que deberá estar firme y consentida. Junto con el nuevo haber reajustado se abonarán las diferencias existentes entre el haber reajustado y el haber percibido, por los meses que transcurrieron desde la aceptación de la propuesta mediante la huella digital, por parte de la actora y su letrado, hasta la fecha del pago."
Cláusula 3 del Acuerdo definitivo: "El pago del nuevo haber reajustado y del primer CINCUENTA POR CIENTO (50%) se efectuará –cumplidos todos los recaudos de ley y las condiciones pactadas- luego de la notificación de la homologación del acuerdo, que deberá estar firme y consentida. Las sumas resultantes serán depositadas en la cuenta donde EL ACTOR percibe sus haberes habitualmente."
¿A alguien más le sucedió? ¿Pueden verificar en sus acuerdos?
¡Muchas gracias!
Estoy revisando los acuerdos firmados, bajo el programa de reparación histórica.
Estoy viendo -con gran sorpresa de mi parte- que, en todos los casos, el "borrador de acuerdo" difiere del "acuerdo transaccional definitivo" que fue firmado con huella. Es como una trampa.
Al respecto, la cláusula 3, que indica la forma de pago, es diferente en uno y otro caso.
Transcribo, aquí, las cláusulas:
Claúsula 3 del Borrador de acuerdo: "El pago del nuevo haber reajustado se efectuará –cumplidos todos los recaudos de ley y las condiciones pactadas- luego de la notificación de la homologación del acuerdo, que deberá estar firme y consentida. Junto con el nuevo haber reajustado se abonarán las diferencias existentes entre el haber reajustado y el haber percibido, por los meses que transcurrieron desde la aceptación de la propuesta mediante la huella digital, por parte de la actora y su letrado, hasta la fecha del pago."
Cláusula 3 del Acuerdo definitivo: "El pago del nuevo haber reajustado y del primer CINCUENTA POR CIENTO (50%) se efectuará –cumplidos todos los recaudos de ley y las condiciones pactadas- luego de la notificación de la homologación del acuerdo, que deberá estar firme y consentida. Las sumas resultantes serán depositadas en la cuenta donde EL ACTOR percibe sus haberes habitualmente."
¿A alguien más le sucedió? ¿Pueden verificar en sus acuerdos?
¡Muchas gracias!