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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1162685  por leyecitas
 
Buenas tardes necesito saber en que casos la art pagan a los abogados en etapa extrajudicial.-
gracias
 #1162694  por adessoma
 
Hola. A raiz de un decreto del 29/07/2015, ya no es necesario el patrocinio letrado del trabajador tal como lo conocemos. Me explico:
El art. 20 del dec. 1475/15 modificó el art. 36 del viejo decreto 717/96 y se dispuso: "... garantizar a los damnificados o a sus derechohabientes el patrocinio letrado previsto en el artículo 12 en forma gratuita."
Cuando actuamos en instancia extrajudicial -léase ante las CC.MM., tal como podrás apreciar, ya no somos necesarios porque al trabajador se le otorga patrocinio gratuito.
Por lo tanto, las ART no tienen obligación de pagarte. No digo que no vayan a pagarte; simplemente digo que no están obligadas a ello.
Saludos.
 #1162715  por leyecitas
 
ok gracias por contestarme por privado también de todas maneras y si quiero reclamar el pago a la art de cuanto es le porcentaje del 10 % ???
 #1162788  por DRA. MACA
 
Si es por comisión médica, nada debe pagarte la art, porque no es necesario y obligatorio el patrocinio de un abogado.