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  • REESTABLECIMIENTO ART. 6 LEY 25.994

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1163265  por AGDA
 
Claro... Hay que ver qué dice Anses. Ese artículo necesita una reglamentación que lo aclare porque solo habla del caso en que se cobra la Puam y se continúa aportando para en el futuro acceder a una jubilación ordinaria.
Debería incluirse a quien en el futuro esté en condiciones de adherirse a una moratoria y por ende a una jubilación ordinaria.
Yo creo que la norma es clara. No estoy convencido que precise ser reglamentada. Ya sea porque trabaje y continué aportando o porque luego vaya a jubilarse via una moratoria, entiendo que -por uno u otro camino- la renunciabilidad debería proceder.

No obstante, todos sabemos lo que es el PEN y particularmente la ANSeS cuando se ponen "creativos" con las normas... Mejor ser prudente, consultar y ver si alguno otro valiente ya se animó y le fue bien
 #1163555  por AGDA
 
Real escribió:HAN ingresado jubilaciones de hombres por esta normativa, ar 6 ley 25994?
Aún no está activada esa opción en el SICAM por lo que -hasta el momento- no se puede liquidar bajo esa norma.

En el día de ayer consulté en ANSeS (Udai Monserrat-CABA) sobre la posibilidad de solicitar PUAM y luego, una vez que se habilite la 25994, solicitar la jubilación renunciando a la PUAM. Compartían el criterio en cuanto a que no existe óbice para renunciar a la PUAM, cuestión que -como ya expresé- no amerita ninguna duda por la literalidad del art 26 L. 27260. Mañana inicio PUAM y luego veremos que resulta
 #1168981  por AGDA
 
Alguien tiene alguna novedad respecto a esto?? La ley estaba prorrogada por 1 año. Ya han transcurrido 6 meses aprox. A este ritmo va a ser necesario iniciar con amparo de por medio...