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  • venta de automotor y cónyuge fallecido

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 #938168  por camba
 
Buenos días quisiera saber cuando la persona titular de un vehiculo, fallece su conyuge y esta quiere venderlo, la única manera es iniciando la sucesión y hacer en la misma el tracto abreviado??. Si es así una vez obtenida la declaratoria de herederos, presento todos los datos del escribano para que me haga la transferencia??. Gracias por su ayuda, la verdad no se me ocurre otra salida.
 #938226  por ale532
 
Si, tenés que iniciar la sucesión, porque si figura como "casado", no le van a permitir transferir sin firma de la cónyuge.
 #1163823  por Rega
 
Tengo un caso similar.

Señor casado compra auto lo pone a su nombre y denuncia estar casado. La esposa fallece y al querer hacer la transferencia del automotor le piden la firma de la esposa.

Voy a iniciar la sucesión. La pareja tuvo un hijo recién nacido. Ahora mi duda es: le van a dejar disponer al esposo (padre del hijo) de la porción que herede el menor al momento de vender el auto, o eso va a quedar depositado 17 años en un plazo fijo hasta la mayoría de edad? Uds. como lo encararían?
 #1164042  por anisbelu17
 
Rega escribió:Tengo un caso similar.

Señor casado compra auto lo pone a su nombre y denuncia estar casado. La esposa fallece y al querer hacer la transferencia del automotor le piden la firma de la esposa.

Voy a iniciar la sucesión. La pareja tuvo un hijo recién nacido. Ahora mi duda es: le van a dejar disponer al esposo (padre del hijo) de la porción que herede el menor al momento de vender el auto, o eso va a quedar depositado 17 años en un plazo fijo hasta la mayoría de edad? Uds. como lo encararían?
Es un recien nacido y un padre, que va a ser designado como administrador de los bienes, si manifiesta que es para un proposito que aumente el patrimonio, nohabria problema desde mi punto de vista. Despues contame como lo resolviste.
 #1164853  por Andrea2016
 
Yo tengo un caso en el que un señor era titular de un vehículo pero estaba casado, en el titulo dice "caracter ganancial". EL matrimonio tenia una hija menor de edad (sigue siendo menor)
Yo solicité la autorización de venta del porcentaje que le corresponde a la menor por haber heredado a su madre y el juez la otorga y mediante oficio informo a la encargada del registro automotor que se aprobó esa venta judicialmente (es decir se puede vender) pero la encargada me pide un oficio que diga "que se transfiere (vende) el vehículo a tal persona" y listo! firmando el 08 juez, secretaria o abogada en el casillero cónyuge parte vendedor y el cónyuge supérstite como vendedor.

Es realmente asi? estoy medio bastante perdida, yo pensé que habia que pedir autorizacion de venta e informar eso al registro. Es decir, yo no inscribo a nombre del conyuge superstite y de la menor, directamente vendo......en esos casos no hace falta la autorizacion judicial de venta por la parte de la menor?


Espero puedan orientarme un poquito!!

Gracias!!