Gente el caso es asi empleado se accidenta, tiene el alta, dos dias consecutivos inmediatos al alta no se presenta a trabajar, le mando CD intimandolo a que retome tareas que sino se constituye abandono de trabajo, que la empresa no lo va a amonestar mas que este apercibimiento y que tenga miramiento en el ejercicio d sus funciones en el futuro, a parte le pongo que tiene a su disposición los haberes correspondientes.
Ese mismo día llega un TCL diciendo que le negaron tareas que aclare situación laboral y se le abone los 10 dias posteriores al dia del accidente.
Mi cliente tiene a disposicion sueldo y aguinaldo de Diciembre, Noviembre ya lo cobró, luego la ART se lo reembolsa.
Mi pregunta es la siguiente debería igualmente contestar ese TCL o con la CD enviada es suficiente. Yo creo que si debería, la cuestión es que no quiero hacerle perder dinero a mi cliente ya que es un conocido. Gracias, escucho opiniones!
Ese mismo día llega un TCL diciendo que le negaron tareas que aclare situación laboral y se le abone los 10 dias posteriores al dia del accidente.
Mi cliente tiene a disposicion sueldo y aguinaldo de Diciembre, Noviembre ya lo cobró, luego la ART se lo reembolsa.
Mi pregunta es la siguiente debería igualmente contestar ese TCL o con la CD enviada es suficiente. Yo creo que si debería, la cuestión es que no quiero hacerle perder dinero a mi cliente ya que es un conocido. Gracias, escucho opiniones!