Hola colegas! El jueves tengo la primer audiencia de mediación obligatoria (Prov Santa Fe) para división de condominio, son 6 herederos y no se ponían de acuerdo extrajudicialmente, es sobre 1 inmueble.
Ahora que inicie la mediación, aparentemente todos van a acordar vender el inmueble de manera privada (por inmobiliaria), debido a que no existe causal de indivision forzosa y nadie quiere cargar con costas de un futuro juicio.
Mi duda es si llegada la audiencia y todos estén de acuerdo con la venta privada, hacemos un acuerdo, Que sucede ante el incumplimiento ? es decir si llegado al momento de que aparezca un candidato para la venta no quiera firmar la escritura o haga maniobras como sacar el cartel de venta, etc.
Tengo que poner alguna cláusula que me permita que en caso de incumplimiento del acuerdo se puede ir a instancia judicial y a subasta pública? O algo asi... Me da miedo que no cumplan y que despues tenga que volver a iniciar mediación.
Ahora que inicie la mediación, aparentemente todos van a acordar vender el inmueble de manera privada (por inmobiliaria), debido a que no existe causal de indivision forzosa y nadie quiere cargar con costas de un futuro juicio.
Mi duda es si llegada la audiencia y todos estén de acuerdo con la venta privada, hacemos un acuerdo, Que sucede ante el incumplimiento ? es decir si llegado al momento de que aparezca un candidato para la venta no quiera firmar la escritura o haga maniobras como sacar el cartel de venta, etc.
Tengo que poner alguna cláusula que me permita que en caso de incumplimiento del acuerdo se puede ir a instancia judicial y a subasta pública? O algo asi... Me da miedo que no cumplan y que despues tenga que volver a iniciar mediación.