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  • notificar en una villa

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 #1165799  por mazual
 
estimados, tengo un problema de notificación al demandado principal en un accidente, resulta que el mismo vive en: M-21, C-107, Villa 1-11-14 CABA, resulta que el oficial notificador dijo que, que se constituyo en el asentamiento, vio varias casas sin numerar y otras en numeración no correlativas, existencia de pasillo sin identificar y algunos cerrados con reja, devolvió las cédulas sin notificar, estando a la espera de nuevas instrucciones, (igualmente creo que nunca piso la villa ja ja ).
el problema es que no se como seguir con el tema de la notificación, ya que pude notificar a la aseguradora, pero no al asegurado, y obviamente el juzgado me pide que lo notifique si o si, si algún colega, me puede dar una mano en cuales son los pasos a seguir, para que se de por notificado el demandado que vive en la Villa, se los voy a agradecer, Un fuerte abrazo y gracias
 #1165856  por legalescom
 
Adjunta con la cédula, previo a denunciarlo en el expediente, un plano bien detallado y marcado del lugar exacto del notificando (calles, n°s., entre cuales y cuales etc.) y el Oficial, si o sí, tendrá que notificarlo.
 #1165911  por natalia23284
 
Hola , en una oportunidad tuve una situación similar pero en Quilmes. En ese caso solicite al Juez se ordene notificación mediante oficio policial , es decir , la policía debía apersonarse en el domicilio y entregar el oficio , el demandado debía presentarse en el Juzgado a retirar la cédula ,demanda y copias. Al final el oficio fue recibido pero no se presentó a retirar nada y terminé solicitando la rebeldía.
 #1165998  por DRA. MACA
 
Absurdo y un disparate... como conseguís planos de un asentamiento :shock:

Obvio que el oficial ni siquiera asomó la nariz, imaginate en provincia no quieren notificar a zonas céntricas, menos a una villa.

Como bien dijo la colega en estos casos la policía debe apersonarse al domicilio y no el oficial notificador.
 #1166009  por agentil
 
Entiendo que lo que quiso decir la colega es planos hechos a mano, no un plazo legal digamos....Yo siempre hago un plano con indicaciones a lapicera prolijo para que se entienda el lugar notificar....y también fotos sirven de mucho pero obvio NO PARA ESTE CASO, ya que debe proceder con oficio policial como te indicaron.

saludos!!
 #1166021  por DRA. MACA
 
De cualquier lugar si, un croquis sumado a google maps.

Pero en este caso que colega se meteria a la villa 1-11-14 a sacar fotos :roll:
 #1166309  por ccolalongo
 
Un detalle, suponiendo que lo logras notificar ¿qué le sacas despues? ¿las chapas de la casilla?
 #1166371  por Angel83
 
ccolalongo escribió:Un detalle, suponiendo que lo logras notificar ¿qué le sacas despues? ¿las chapas de la casilla?
Es obligatorio notificar al demandado para q la citada este obligada a responder por el siniestro
 #1166402  por mazual
 
muy bueno ccolalongo, ni eso le voy a poder sacarja ja ja, el tema esta complicado la idea es que la citada se presente, pero ya se que se va amparar en la resolución 36100 que excluye de la cobertura “al vehículo asegurado conducido por una persona bajo la influencia de cualquier droga desinhibidora, alucinógena o somnífera, o en estado de ebriedad" mas de un gramo y el conductor tenis 2.5, estoy en el horno, pero bueno lo intento igual, estoy pidiendo que no se castigue a los accidentados por la negligencia del conductor, etc. etc. comoi quien dice manotazo de ahogado ja ja, les comento como sigue el tema mientras se vaya desarrollando, gracias
 #1166405  por DRA. MACA
 
Ojo, muchos demandados que viven en la villa trabajan en blanco y tienen buenos autos. No todos "tienen 4 chapas".