Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Licencia psiquiátrica

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1166398  por ceciNel
 
Hola! Algún modelo de telegrama comunicando el inicio de una licencia psiquiátrica?
Recomendaciones?
Se trata de una persona con carga de flia menores personal a cargo y mas de 5 años de antigüedad. La idea es que pueda gozar de esta licencia por mas de 6 ms por el hostigamiento que recibe hasta que se rescinda finalmente la relación laboral.
Este seria el primer comunicado. Debemos enviarlo hoy. Alguno tiene algo? Gracias!
 #1166406  por santiheladero
 
priero q nada tenes q ver donde lo encuadras... si es una enfermedad inculpable o es fruto de la relacion laboral como decis, por lo q seria una enfermedad profesional, q es otra cosa.
 #1166413  por JorgeLAI
 
Sí, como dice santi. Pero además, ya tenés el certificado médico? Si es así, con un aviso telefónico alcanza para avisar a la empresa de la carpeta médica (tomá los datos de quien te recepciona la información). Si es enfermedad profesional tenés que hacer la denuncia a la ART. Por lo que decís, no quiere trabajar más y parece que tuviere motivos. Habría que analizar el caso más profundamente. Parece que hay varias aristas en el tema. Habría que ver si configura mobbing y ver cómo probarlo, etc, y luego plantear un acuerdo. Humilde opinión.
 #1166434  por ceciNel
 
Lo encuadraria en enfermedad inculpable. El objetivo de la notificación por telegrama es que la empleada quede en resguardo ante la posibilidad de la elaboración de una respuesta en su contra.
Si tienen alguna otra recomendación o modelo les agradezco. En un par de horas rumbo a despacharlo.
 #1166436  por Romina34
 
con el certificado médico que otorgue licencia por x plazo, por TCL simplemente que la empleada notifique que se encuentra de licencia médica conforme certificado extendido por el profesional ... por x plazo. Poniendo a disposición el certificado entregado por el medico. Cuando lo entregue, el original va al empleador y una copia debe recibirla para que le quede de constancia a la empleada.
Si vencido el mismo, el médico prorroga la licencia volves a hacer lo mismo.
Si tiene cargas y una antiguedad mayor a 5 años podría gozar de una licencia máxima de 12 meses, pero no será desde el día uno, sino en la medida de las licencias que otorgue el medico y entregue certificado médico.
Saludos,
 #1166591  por adessoma
 
El domicilio del trabajador está actualizado?
 #1166628  por agentil
 
JorgeLAI escribió:Sí, como dice santi. Pero además, ya tenés el certificado médico? Si es así, con un aviso telefónico alcanza para avisar a la empresa de la carpeta médica (tomá los datos de quien te recepciona la información). Si es enfermedad profesional tenés que hacer la denuncia a la ART. Por lo que decís, no quiere trabajar más y parece que tuviere motivos. Habría que analizar el caso más profundamente. Parece que hay varias aristas en el tema. Habría que ver si configura mobbing y ver cómo probarlo, etc, y luego plantear un acuerdo. Humilde opinión.
Estimado; y como vas a hacer para probar que llamaste al empleador y le avisaste de que estabas enfermo?

saludos!!
 #1166657  por JorgeLAI
 
Estimado agentil:
1) Si vos fueras empleador y recibís una llamada del trabajador, o de un familiar, avisándote que ha sufrido un evento dañoso que le impide asistir a trabajar, ¿Qué harías? ¿La ignorarías y lo sancionarías? O ¿La considerarías y ejercerías la facultad de control médico?,
2) ¿Cómo hace el trabajador para cumplir el mandato de avisar “en el transcurso de la primera jornada de trabajo”, art. 209 LCT si por ej. está en cama con gripe? ¿Acaso envía a un familiar a enviar el telegrama? Esto, lo de la primera jornada, es imposible de cumplir mediante telegrama, que demora entre 24 y 48 hs en llegar. Sabemos que la ley no establece la forma en que se debe avisar.
3) Además si el trabajador avisa por cualquier medio en tiempo real, esto le permite al empleador tomar las medidas necesarias para reemplazar al trabajador y no perjudicar su actividad empresarial, como así también ejercer su derecho de control, eso se llama actuar bajo el principio de buena fe (art. 63). Esto no podría ser posible si el trabajador, cuando pueda, envía un telegrama que tarda, como dije, 24/48 hs en llegar, lo cual puede efectuarse simultáneamente, o a posteriori, si fuera necesario.
4) Incluso, en el caso de que el empleador desconociera el llamado telefónico, debería intimar al trabajador a que se reintegre antes de despedirlo, y éste al recibirla informaría de la enfermedad y pondría a disposición el certificado médico. También el trabajador se podría presentar a trabajar con el certificado en la mano.
5) Por cierto, hay fallos que establecen que “el aviso se puede dar de cualquier forma que sea susceptible de informar al empleador de la situación”, (CNTrab, Sala VI, 17/8/05 " De León, Norma c/ Obra Social del Personal de Estaciones de Servicio s/ despido" Boletín Temático de Jurisprudencia de la CNTrab, abril de 2009").
 #1166758  por agentil
 
JorgeLAI escribió:Estimado agentil:
1) Si vos fueras empleador y recibís una llamada del trabajador, o de un familiar, avisándote que ha sufrido un evento dañoso que le impide asistir a trabajar, ¿Qué harías? ¿La ignorarías y lo sancionarías? O ¿La considerarías y ejercerías la facultad de control médico?, DEPENDE DE LA BUENA O MALA INTENCIÓN QUE TENGA EL EMPLEADOR. YO SIEMPRE PIENSO QUE TIENEN MALA INTENCIÓN.
2) ¿Cómo hace el trabajador para cumplir el mandato de avisar “en el transcurso de la primera jornada de trabajo”, art. 209 LCT si por ej. está en cama con gripe? ¿Acaso envía a un familiar a enviar el telegrama? Esto, lo de la primera jornada, es imposible de cumplir mediante telegrama, que demora entre 24 y 48 hs en llegar. Sabemos que la ley no establece la forma en que se debe avisar. COINCIDO, HAY UN VACIO LEGAL. EXISTE EL TELEFONOGRAMA DEL CORREO ARGENTINO...PERO NADIE LO CONOCE.
3) Además si el trabajador avisa por cualquier medio en tiempo real, esto le permite al empleador tomar las medidas necesarias para reemplazar al trabajador y no perjudicar su actividad empresarial, como así también ejercer su derecho de control, eso se llama actuar bajo el principio de buena fe (art. 63). Esto no podría ser posible si el trabajador, cuando pueda, envía un telegrama que tarda, como dije, 24/48 hs en llegar, lo cual puede efectuarse simultáneamente, o a posteriori, si fuera necesario. SI ES VERDAD.
4) Incluso, en el caso de que el empleador desconociera el llamado telefónico, debería intimar al trabajador a que se reintegre antes de despedirlo, y éste al recibirla informaría de la enfermedad y pondría a disposición el certificado médico. También el trabajador se podría presentar a trabajar con el certificado en la mano. SI, PERO A VECES NO TIENEN BIEN DENUNCIADO EL DOMICILIO Y NO SE ENTERAN Y LOS CONSIDERAN INCUROSOS EN ABANDONO DE TRABAJO. S
5) Por cierto, hay fallos que establecen que “el aviso se puede dar de cualquier forma que sea susceptible de informar al empleador de la situación”, (CNTrab, Sala VI, 17/8/05 " De León, Norma c/ Obra Social del Personal de Estaciones de Servicio s/ despido" Boletín Temático de Jurisprudencia de la CNTrab, abril de 2009").
SI SI TODO MUY LINDO EL FALLO, PERO HAY QUE PROBAR QUE AVISASTE IGUAL.


Tenes razón, pero lo que yo te endilgo es que no se puede asesorar de que con llamar al empleador ya está. El llamado lo hacen todos pero si o si tienen que mandar un tcl porque es lo unico que lo cubre defiitivamente. De hecho, cuando el trabajador va con el certificado, son contados lo que le firmar el recibido como corresponde.

saludos!!!
 #1166772  por JorgeLAI
 
Estimado, no tengo intención de discutir más allá de lo que vale la pena. Sólo te digo que yo no dije que con un llamado "ya está", dije que "alcanza", ya que con ello se desencadenan una serie de hechos que, si están basados en la buena fe, no generan ningún tipo de conflicto. Yo fui jefe de personal muchos años y recibí cientos de llamados de carpetas médicas que se resolvieron dentro de lo normal (control médico, recepción del certificado, etc), nunca se originó conflicto alguno por desconocimiento del llamado y nunca recibimos telegramas notificando carpetas. Además, en la enorme mayoría de los casos judiciales que he leído, los fallos fueron favorables al trabajador, incluso cuando ni siquiera existió comunicación de la carpeta.
Claro que la sugerencia es notificar por un medio fehaciente, obvio. Pero un trabajador, con su escaso conocimiento técnico, desde la buena fe, insisto, sabe que tiene que avisar y lo hace mediante un llamado telefónico, que es el medio más adecuado para advertir al empleador para que tome las medidas urgentes y pertinentes (también se pueden usar otros medios electrónicos como es la modalidad en algunas empresas), sin perjuicio de enviar paralelamente un telegrama (que habitualmente demora 24/48 hs). Incluso, en las carpetas cortas, 1 ó 2 días, ni siquiera vale la pena enviar telegrama, porque cuando llega el trabajador ya está en su puesto de trabajo. Bueno, hay más para decir, pero creo que es suficiente. Fin del intercambio. Saludos, mi estimado colega.
 #1166807  por Romina34
 
agentil totalmente de acuerdo! siempre se asesora que la notificación debe ser por telegrama, o sea fehaciente, poniendo el telegrama a disposición para entregarlo. Obvio una gripe no es el problema, el problema son otras enfermedades más complicadas o de larga duración.
Tuve una cliente que su embarazo lo notificó entregando el certificado médico a la persona de RH, ella quedó tranquila así. Cuestión que luego de eso decidieron despedirla, a la tarde del día que entregó el certificado la llamaron y con un escribano la despidieron, obvio... solo pagaron el art. 245 LCT.
Por suerte, ella -que sospecho la movida- antes de ir a la reunión envió un correo electrónico a la persona que le entregó el certificado y a su jefe, comunicando la entrega del certificado que notificó el embarazo e informaba la fecha probable de parto.
Que debimos hacer? una prueba anticipada para rescatar el correo y probar que lo había enviado y había puesto en conocimiento del empleador su embarzado, porque el empleador (que es una empresa petrolera, o sea ninguna pyme chiquita) se hacía el que no sabía nada!!
Ergo, dejar confiar al empleado en la buena fe del empleador es suicida!!!
Saludos,
 #1166823  por DRA. MACA
 
Todo lo relatado sirve como conclusión: ni el llamado telefónico, ni el correo electrónico, ni los mensajes de texto son medios de notificación fehaciente.

Está en la LCT nadie lo inventa, entonces, como abogados sabemos que una cosa es que el cliente solito se mande a llamar por telefono, otro supuesto muy diferente es recomendar que se llame por teléfono e incluirlo como una notificación concluyente, por mas que se cite un fallo, prevalece la LCT.

Todos sabemos la gratuidad de los telegramas, entonces, no hay excusas para no enviarlo como corresponde. Hoy en día cualquier motivo sirve para que el empleador se agarre de eso y despida al trabajador, claro que está en nosotros saber después defender al trabajador, pero si tenemos justificado una ausencia, una enfermedad o un embarazo como fehacientemente corresponde, luego será sumamente complicado para el empleador alegar que su despido fue justificado.
 #1166862  por Romina34
 
Tal cual, la única forma es el TCL. Los demás medios de comunicación NO son fehacientes y pueden generar muchos perjuicios. En el caso que cite la clienta nos vino a ver despues que la despidieron, tuvimos suerte y pudimos probar el correo enviado por ella y así demostrar que el empleador sabía del embarazo. Pero no se puede confiar... les aseguro que ella no hace nunca más eso!!
 #1170409  por ceciNel
 
Hola colegas de nuevo. Continuo con este caso donde despues de un crtol médico desfavorable para mi Clienta ahora se presume junta medica. Según otros materiales de estudio entendí que en CABA no era válida la junta medica privada. Existe algún caso de jurisprudencia o alguna otra razón válida para rechazar esta convocatoria y obligar a la empresa que tome como valido el diagnóstico de SU médico?
Espero sus comentarios colegas es de los primeros casos que me tocan de este tipo.