Si no vive allí al momento de interponer el desalojo podés pedir un mandamiento de constatación -con intervención de cerrajero- como medida preliminar para probar esa situación en el expediente, y como medida cautelar, para el caso en el que el inmueble esté desocupado, solicitar la restitución provisoria del inmueble alegando la situación de peligro de usurpación por terceros en que se encuentra el bien al no estar habitado. A mí me proveyeron eso en un desalojo en el cual el inquilino abandonó el inmueble pero no entregó las llaves al locador.
Está buenísimo que tenga dos inmuebles, vas a poder cobrarle los honorarios que te regulen
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