Buenos días colegas, les cuento que estoy por presentar mi primer juicio de reajuste, ya que el acuerdo propuesto por la Anses a mi cliente no fue satisfactorio. Mi consulta es por el tema de mis futuros honorarios. Puedo celebrar un pacto de cuota litis para asegurarme un porcentaje del retroactivo mayor al 20%? En caso afirmativo, ante una supuesta negativa de mi cliente de pagarme puedo ejecutar el pacto? Pregunto porque leí que en materia previsional los pactos están prohibidos, sin embargo leí también que muchos colegas lo celebran, por lo que me entra la duda si lo hacen para una futura ejecución (es decir que es legal), o solo por el desconocimiento del cliente y lograr así cobrar una suma mayor a la regulada.
En caso negativo debería atenerme a lo que diga la sentencia y hasta correría el riesgo de ser denunciado ante el colegio de abogados si hago que mi cliente firme un pacto?
Si me dan una mano les agradecería.
Saludos!
En caso negativo debería atenerme a lo que diga la sentencia y hasta correría el riesgo de ser denunciado ante el colegio de abogados si hago que mi cliente firme un pacto?
Si me dan una mano les agradecería.
Saludos!