Estimados colegas: les hago una consulta de práctica profesional. Cuándo solicitamos el embargo de un sueldo (estoy por pedirlo en una demnada ejecutiva por pagarés impagos), si el juez hace lugar, se oficia al empleador....luego cómo lo cobramos?? se habilita alguna cuenta judicial?? quién la crea??? el juzgado o yo???
Gracias y perdón por la pregunta, pero nunca embargué sueldo!!!!
Gracias y perdón por la pregunta, pero nunca embargué sueldo!!!!