Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • HONORARIOS RH

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1168403  por Esteban25
 
Tengo un acuerdo homologado y notificado a las partes desde el 1/3. O sea los 5 dias para que quede firme mas los 10 dias de pago de honorarios se vencen el 22/3. Ese dia les comento si pagaron algo. Hasta ahora a esperar...
Ya van 6 meses trabajando sin cobrar nada. Arranque en octubre y estamos en marzo...a ver cuando se dignan a pagarnos, sino no voy a hacer mas RH
 #1168677  por portal2012
 
Gracias Patricia, la duda surge porque en ANSES me comentaron que va a empezar a exigisrse que se firmen esos convenios (los automaticos), con lo cual tendríamos más trabajo, porque hasta ahora no cobramos nada por ello
 #1168702  por AmZ2003
 
Esteban, una pregunta, el cliente del acuerdo homologado cobró? Porque me parece q hasta q no cobre el cliente no pagarán honorarios.
 #1168715  por Esteban25
 
Si, el cliente ya cobro desde enero el aumento.
De los honorarios hasta que no este firme y consentido no los van a pagar..el 22 de marzo se consiente.

Lo que escuche es que van a pagar a partir del mes siguiente ponelee que queda consentida el 22/3 abonarian en abril los honorarios

eso me dijeron no se si es asi o no
 #1168737  por Fernanda78
 
Tampoco cobre honorarios de ninguno de mis clientes. Los acuerdos que tenían sumas bajas de reparación ($4000 . $5000) están cobrando desde enero, el resto no pero ninguno paso aun a homologación. Si hay novedades por Tucumán comento, saludos!.
 #1168761  por jose281161
 
Hola, estimados , haber si entendí este nuevo "método" osea aceptas el acuerdo junto con tu cliente desde la web y prescindimos de solicitar un turno para homologar el acuerdo en A.N.S.E.S.???
 #1169134  por EDNA
 
rESPECTO DE los automáticos , a mi me llegó una notificación de anses ( yo puse mi mail en todos los casos) diciendo que ya LE IBAN A DAR INSTRUCCIONES DE COMO SEGUIR. HABRA QUE ESPERAR A VER QUE INSTRUCCIONES LES DAN. EN CUANTO LAS SEPA YO LAS SUBO.
 #1169400  por Esteban25
 
Ya quedo firme la homologacion 5 dias mas los diez dias habiles para abonar honorarios y la Anses no abonó nada...

veremos a ver si en abril abonan...
 #1169407  por Camarista41
 
Esteban25 escribió:Ya quedo firme la homologacion 5 dias mas los diez dias habiles para abonar honorarios y la Anses no abonó nada...

veremos a ver si en abril abonan...
Estimados, y que sucede con el retroactivo de aquellos que suscribieron el acuerdo por ejemplo en noviembre y recíen ahora se homologa el acuerdo?
 #1169409  por Camarista41
 
Camarista41 escribió:
Esteban25 escribió:Ya quedo firme la homologacion 5 dias mas los diez dias habiles para abonar honorarios y la Anses no abonó nada...

veremos a ver si en abril abonan...
Estimados, y que sucede con el retroactivo de aquellos que suscribieron el acuerdo por ejemplo en noviembre y recíen ahora se homologa el acuerdo?
Entiendo que al irrisorio monto de honorarios que pagaba Anses se le aplicará conforme la normtiva la movilidad que corresponda en este caso del 12.96% no?
 #1169414  por NOEMI000
 
Hola! Creo que para saber cuando pagará la Anses el retro y el nuevo haber habrá que seguir el expte 404, tengo el primer caso homologado y notificado a Anses hace una semana, ahora modificaron el estado de 15 a 67, en breve estimo lo resolverán favorablemente. El pago me parece que será con suerte para mayo.
Saludos.
 #1169417  por griseldabeatriz
 
Gracias por sus respuestas, seguiremos esperando, yo tambien tengo todos notificados pero novedad de cobro de ninguno
 #1169449  por BUENOOLGADOMINGA
 
Soy abogada de la lista que colegio Público de Abogados de la Capital Federal, facilito a la ANSES.

1) Los beneficiarios, cuyas reparaciones lo hacen a través del Procedimiento abreviado, con tal solo ACEPTAR, ya perciben su jubilación o pensión reparada, si bien no necesitan abogado porque no está la opción designar abogado.

2) Los beneficiarios que comenzaron a cobrar su haber reparado, deben aceptar la reparación dentro de los seis meses de haber recibido la propuesta, si no la ACEPTAN, a los seis meses, se tiene por RECHAZADA, y vuelve a percibir el haber anterior no reparado.(Ojo con estos casos, si son abuelos que no saben cómo ingresar a MI ANSES, debe ingresar un familiar y ACEPTAR la propuesta para continuar percibiendo su haber reparado.

3) Los beneficiarios, que reciben la propuesta de reparación y deben designar abogados. Debe ACEPTAR, Designar abogado poner número de CUIT del abogado. Aparecen los datos del abogado....DESIGNAR...Luego la ANSES, envía un E-MAIL al abogado notificando que ha sido designado por el beneficiario XX, para que lo patrocine, el abogado entra en su ANSES,....ACEPTA Ingresa el CBU del banco que depositaran sus honorarios, pero ello ocurre luego de ser homologado el convenio en Abril vean sus cuentas bancarias para ver si han depositado los honorarios respecto a ese convenio.

4) En la actualidad, se visualizan del siguiente modo:
ACEPTADO POR EL BENEFICIARIO Y EL ABOGADO, si no han firmado aun el convenio.(SACAR TURNO).-
5) Acuerdo validado con huella.
6) Acuerdo está siendo procesado
7) Su acuerdo ha sido enviado a la justicia para su homologación, a estas instancias el abogado recibe la notificación electrónica en bandeja de entrada de Gestión de causas judiciales clic y ve la notificación.
8) No es necesario concurrir al juzgado, pasados los tres días de la notificación, queda ratificado que el beneficiario acepta su homologación.
9) Una vez homologado el acuerdo la ANSES, debe proceder a depositar los honorarios del abogado en su cuenta bancaria.(CBU).
10) Los abogados de las listas de los Colegios de Abogados, cobramos lo estipulado en el convenio que firmó el colegio con la ANSES.
11) Los abogados que no pertenecen a las listas acuerdan sus honorarios con el beneficiario.
12) Los beneficiarios que iniciaron juicios y tienen sentencia firme, y aceptan, la reparación, deben pagar al abogado religiosamente los honorarios del juicio y si continua con el mismo abogado en la reparación, debe pagar los honorarios de la reparación.(El abogado es quien aconseja si conviene aceptarlo o no).

Los honorarios fijados en juicios o por acuerdos sin sentencias, deben ser pagados por el beneficiario.