Buenas tardes colegas;
Planteo la siguiente cuestión:
Tengo un cliente el cual inicie SECLO por accidente laboral,citando solamente a la aseguradora y no al empleador.Esto por una caída de altura en ocasión de trabajo, que resulto en intervención quirúrgica y muchas secuelas al día de hoy. Una semana antes de la primer audiencia mi cliente me informe que fue citado por personal jerárquico de la empresa (que nunca cite en carácter de requerido), el medico laboral de la empresa y por quien se presento como apoderado de la ART.
En dicha reunión, en resumidas, le pegaron un apriete. Es decir le "informaron amablemente" que de proseguir con el reclamo seria despedido o sufrirá alteraciones en las condiciones de trabajo que lo obligarían a renunciar. Por lo cual no concurre a la primer audiencia fijándose una nueva. Por lo que hablo con mi cliente y me manifiesta que la empresa le asegura que abonara mis honorarios y serian pactados en la próxima audiencia.-
El día de hoy fue la segunda audiencia, para mi sorpresa me llega un mensaje de mi cliente con la foto de una CD, en la cual consta, con una redacción profesional, la revocación de mi patrocinio y deja constancia que desiste de la presente acción legal, canalizando administrativamente el siniestro por vía de la comisión medica.-
A lo cual mi consulta es la siguiente, Como conviene encarar el reclamo por honorarios?
1.- inicio reclamo contra mi representado por labor extra judicial. Para lo cual deberia esperar a que tenga resultado en la comision medica, puesto que no tiene ni donde caerse este muchacho
2.-Le cabe reclamo de alguna indole a la empresa, ya sea empleadora o aseguradora? ya que resultan solventes para intentar el reclamo ante el atropello al trabajador.-
Planteo la siguiente cuestión:
Tengo un cliente el cual inicie SECLO por accidente laboral,citando solamente a la aseguradora y no al empleador.Esto por una caída de altura en ocasión de trabajo, que resulto en intervención quirúrgica y muchas secuelas al día de hoy. Una semana antes de la primer audiencia mi cliente me informe que fue citado por personal jerárquico de la empresa (que nunca cite en carácter de requerido), el medico laboral de la empresa y por quien se presento como apoderado de la ART.
En dicha reunión, en resumidas, le pegaron un apriete. Es decir le "informaron amablemente" que de proseguir con el reclamo seria despedido o sufrirá alteraciones en las condiciones de trabajo que lo obligarían a renunciar. Por lo cual no concurre a la primer audiencia fijándose una nueva. Por lo que hablo con mi cliente y me manifiesta que la empresa le asegura que abonara mis honorarios y serian pactados en la próxima audiencia.-
El día de hoy fue la segunda audiencia, para mi sorpresa me llega un mensaje de mi cliente con la foto de una CD, en la cual consta, con una redacción profesional, la revocación de mi patrocinio y deja constancia que desiste de la presente acción legal, canalizando administrativamente el siniestro por vía de la comisión medica.-
A lo cual mi consulta es la siguiente, Como conviene encarar el reclamo por honorarios?
1.- inicio reclamo contra mi representado por labor extra judicial. Para lo cual deberia esperar a que tenga resultado en la comision medica, puesto que no tiene ni donde caerse este muchacho
2.-Le cabe reclamo de alguna indole a la empresa, ya sea empleadora o aseguradora? ya que resultan solventes para intentar el reclamo ante el atropello al trabajador.-