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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1169592  por JavierUranga
 
Hola, buenas noches, ¿Como les va?

Me llamo Javier, tengo 19 años y soy estudiante de abogacía en la UBA.

Quería hacerles una consulta, mi madre fue despedida, y por medio del Ministerio de Trabajo nos armaron una liquidación para reclamarle a la parte empleadora, aceptaron la misma, y el 30/03 tenemos una audiencia espontanea, nosotros no contamos con abogado, y el abogado de la otra parte nos envió este modelo para la conciliación del día jueves, me gustaría saber, si esta bien, cosa que creó que sí, y mi madre trabajaba en 2 lugares distintos, con 2 empleadoras distintas (Servicio Doméstico) deberían ser, 2 acuerdos, o se hace con 1 solo? Desde ya muchas gracias.
ACUERDO TRANSACCIONAL CONCILIATORIO

En la ciudad de ADROGUE a los 30 días del mes de Marzo de 2017, siendo las 08.30 horas comparecen

ante mi, funcionario actuante del Ministerio de Trabajo, por la parte de EL TRABAJADOR *** DNI ***, con domicilio en la calle * , partido de ALMIRANTE BROWN

acompañando fotocopia de documento en este acto, y por otra parte EL EMPLEADOR, *** CUIT ***, con domicilio en la calle *** de JOSE

MARMOL, partido de ALMIRANTE BROWN, Buenos Aires, celebran el presente acuerdo conciliatorio,

sujeto a las estipulaciones que a continuación se detallan:

CLÁSULA PRIMERA: - ANTECEDENTES - PRETENSION DE EL TRABAJADOR: El actor declara haber

comenzado la relación laboral a partir de JULIO DE 2015, realizando tareas de DOMESTICA laborando

lunes, miércoles y viernes de 8 a 12 horas y con fecha de desvinculación el 20 de Febrero de 2017

fecha en que se acordó poner fin a la relación laboral, por lo que solicito en este acto se me

abone la correspondiente liquidación final que se ha acordado con el empleador en la suma total y

única de 22.000 .

CLÁSULA SEGUNDA: -OFRECIMIENTO DE EL EMPLEADOR – FORMA DE PAGO: EL EMPLEADOR,

ofrece sin reconocer hecho ni derecho alguno alegado por EL TRABAJADOR y al solo efecto conciliatorio,

abonar la suma total de $ 22.000 (PESOS VEINTIDOS MIL ), PAGADEROS DE LA SIGUIENTE

FORMA: Una cuota de $ 8.500 (PESOS OCHO MIL QUINIENTOS) a abonarse en el día de la fecha por

cuenta de terceros de este Ministerio de Trabajo y luego una segunda cuota de $ 8.500 (PESOS OCHO

MIL QUINIENTOS) Y UNA TERCERA y ultima cuota de $ 5.000 (PESOS CINCO MIL) a depositarse los

días 30/03/2017, 28/04/2017, y 30/05/2017 todas ellas a depositarse por cuenta de terceros de este

Ministerio de Trabajo y aplicable a INDEMNIZACION POR ANTIGÜEDAD, PREAVISO, SAC SOBRE

AGUINALDO Y SAC SOBRE PREAVISO, habiéndose ya abonado dias trabajados, aguinaldo y

vacaciones proporcionales.

CLÁSULA TERCERA. -ACEPTACION DE EL TRABAJADOR: EL TRABAJADOR acepta el ofrecimiento

realizado en este acto, al igual que la forma de pago detallada, dejando aclarado que una vez percibido el

monto ofrecido en su totalidad, nada mas tendrá que reclamar a el empleador *** por ningún concepto emanado de la relación laboral

mantenida..

CLÁSULA CUARTA: - INSTRUMENTACION DEL PAGO – ACREDITACION: Las partes que se someten

voluntariamente a esta instancia administrativa, manifiestan conocer la modalidad de pago fijada por el

Ministerio de Trabajo, o sea que EL EMPLEADOR deberá depositar las sumas pactadas en la cuenta

habilitada a tal efecto en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, con más el nueve por mil (9/1000) por

gastos administrativos que percibe el referido banco, siendo el pago mínimo pesos seis ($6) por déposito,

a esos fines, retira de la Delegación Regional interviniente las Boletas de Depósitos habilitantes con un

plazo de 72 HS. al vencimiento de su obligación, donde se consigna el numero de expediente

administrativo, el depositante, el trabajador, el monto de depósito –con discriminación de la tasa por

servicios administrativos ut-supra mencionada- y el domicilio del depositante; debiendo acreditar en el

expediente administrativo, mediante la presentación de los talones sellados e intervenidos por el banco, el

cumplimiento de sus compromisos, no teniendo como valido o cancelatorio ningún pago que no se ajuste

a este procedimiento. EL EMPLEADOR que opte por depósito en cheque asumirá la demora en la

acreditación del mismo en la cuenta habilitada del Banco de la Provincia de Buenos Aires a su cargo

considerando fecha efectiva del depósito a los efectos de la mora el momento mismo de la acreditación

bancaria.

El trabajador tendrá acceso a los fondos depositados en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, a los

cuatro (4) días hábiles bancarios previa presentación del documento de identidad que lo acredite.

CLÁSULA QUINTA: INCUMPLIMIENTO – INTERESES PUNITORIOS SOBRE SALDOS DE DEUDA –

CADUCIDAD: La falta de pago de las cuotas en tiempo y forma producirá la mora automática de LA

EMPLEADORA, sin necesidad de interpelación alguna, y devengara desde su vencimiento y hasta la

fecha del efectivo pago un interés punitorio consistente en dos (2) veces la tasa activa fijada por el Banco

de la Provincia de Buenos Aires para sus operaciones de descuento a treinta (30) días. La caducidad del

convenio transaccional se producirá de pleno derecho y sin necesidad de interpelación alguna, a los

noventa (90) días contados desde el último pago acreditado en la cuenta del Banco de la Provincia de

Buenos Aires, imputándose los ingresos que hubieran sido efectuados como pagos a cuenta en los

términos del artículo 260 de la Ley Nº20744, quedando facultada EL TRABAJADOR a dar por vencidos

los plazos convenidos, haciendo exigible por la vía judicial la totalidad de la suma adeudada por este

acuerdo, sin necesidad de intimación previa.

CLÁUSULA SEXTA: - TITULO EJECUTIVO: Las partes, en uso de la autonomía de la voluntad, asignan

al presente convenio transaccional el carácter de titulo ejecutivo en los términos del Art. 521 del CPCC.

CLÁSULA SEPTIMA: - CERTIFICADO DE TRABAJO: En cumplimiento del Art. 5º de la Resolución de

Ministerio de Trabajo Nº38/01, se le informa en este acto a EL TRABAJADOR el derecho que le asiste de

obtener el correspondiente certificado de trabajo (Art. 80 LCT t. 45 Ley Nº 25345). Se le hace entrega en

este acto de la certificación de servicios. Los mismos se entregarán en un plazo de 30 días en el domicilio

laboral.

CLÁSULA OCTAVA: DECLARACIÓN COMÚN DE VOLUNTAD: En este acto las partes manifiestan estar

dispuestas y conformes con los términos del presente acuerdo transaccional, por cuanto entienden que la

única solución que cabe es la conciliatoria en los términos expuestos, lo que no podría lograrse si no

cedieran en sus respectivas pretensiones, principios y posiciones fundamentadas, los cuales podrían

hacer valer o no en una instancia judicial. Asimismo dejan constancia que el funcionario actuante los

impuso de los derechos y obligaciones que les corresponden conforme la Ley de Contratos de Trabajo, y

demás disposiciones legales que rigen la materia laboral, los que declaran conocer; razón por la cual

declaran que han alcanzado –en la inteligencia de las mismas- una justa composición de los derechos e

intereses en juego en los términos del articulo 15 de la Ley Nº 20744.

CLÁUSULA NOVENA: - CONSTITUCION DE DOMICILIO: A todos los efectos del presente, EL

EMPLEADOR declara bajo juramento de ley que su domicilio fiscal ***, partido de ALMIRANTE BROWN

y se tiene por constituido el domicilio citado en el encabezamiento del presente, donde serán válidas

todas las notificaciones extrajudiciales y judiciales.

Luego de dar lectura al presente, y en prueba de conformidad y ratificación, se suscriben tres (3)

ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, por ante mi que certifico, con lo que se cierra el acto.
 #1169593  por DRA. MACA
 
No corregimos liquidaciones a particulares, en tal caso contraten un abogado que les revise la misma, trabajo el cual, por supuesto es remunerado.

Si asi pretendés adentrarte en la profesión, queriendo puentear el trabajo de nosotros, ya es un pésimo comienzo.
 #1169756  por JavierUranga
 
Buenas noches.

Ante todo, si a alguien le molesto el posteo le pido disculpas, y solo aclarando, consulte si la redacción del acuerdo era correcta, y sí era necesario hacer 2, creó que no va más allá de cualquier consulta que haga cualquier letrado acá pidiendo un modelo de conciliación laboral, o etc.

Saludos.
 #1169764  por dramnj
 
JavierUranga escribió:Buenas noches.

Ante todo, si a alguien le molesto el posteo le pido disculpas, y solo aclarando, consulte si la redacción del acuerdo era correcta, y sí era necesario hacer 2, creó que no va más allá de cualquier consulta que haga cualquier letrado acá pidiendo un modelo de conciliación laboral, o etc.

Saludos.
Javier, buenos días, el tema es que justamente en este foro no "compartimos modelos", sino que analizamos las dudas que se nos presentan a diario y nos y solidarizamos entre colegas para resolverlas. Tu pedido (y no lo tomes a mal) roza el límite de la carencia de respeto, ya que alguien nos pida la corrección de un documento (con todo lo que ello implica, no solo si está bien escrito), se trata de un trabajo remunerado por las horas de conocimiento insumidas en el mismo, ya que no somos un consultorio jurídico gratuito, y ademas nos cuidamos entre nosotros de estas cosas, porque sabemos el esfuerzo que cada cosa requiere, y si nosotros no las hacemos valer, nadie las va a valorar.

Saludos,
 #1169836  por ccolalongo
 
En el mismo Ministerio de Trabajo tenes abogados sino podes ir con uno particular, ese es el modelo del Ministerio no te lo van a cambiar al igual que la forma de cobro que es via Banco Provincia. Aunque alguien quisiera "corregirlo" despues un abogado tiene que tratarlo con el conciliador y dudo que le cambien una coma.
 #1169866  por SGO
 
Hola
Comparto con mis colegas.
Como estudiante de derecho, seguramente seras un futuro colega, debes desde ahora hacer respetar la profesión.
Creo que muchos de nosotros a diario nos encontramos con que los clientes no respetan nuestra labor, y sin pensar del sacrificio inclusive de muchos para tomar conocimientos, y mas aun muchas veces no ven las horas que implica ciertos estudios, como en este caso liquidaciones - controles de contratos - contestar demandas etc etc
Asi tambien creo que muchos compartirán en que a veces los clientes creen que nuestro trabajo es automático que hacemos dos clic y sale todo. No ven el sacrificio para mantenernos inclusive por los costos que tenemos.
Es por eso que entiendo a mis colegas, y las disculpas, tranqui no paso nada o por lo menos asi lo creo yo, pero aprendiste algo que no creo que aprendas en la facultad, aprendistes algo de la calle, de lo real de nuestra profesión
Un abrazo y mucha suerte y fuerza en tus estudios
Sgueño
 #1169879  por DRA. MACA
 
Sinceramente cuando pasan los años no tenemos tan patente recuerdos de la Facultad, en el sentido de las horas y haber dedicado prácticamente la mayor parte de nuestra vida durante ese tiempo a estudiar.

Por eso quien pretende sacar consulta gratis de aca se lo manda al patrocinio gratuito, que en caso de tener poder adquisitivo para pagar un abogado y no quiera se le da de baja al caso.

Y quien quiera contratar a un letrado entrará acá con intenciones de hacerlo y dispuesto a pagar lo hará sin mendigar y garronear. O irá a un Estudio, como corresponde y no a realizar consulta/orientacion / asesoramiento/ ayuda o lo que quieran llamar para ahorrarse pagar a un profesional por este sitio lo cual deja ver la clase de calaña que son, que luego ellos mismos piden respeto sin antes empezar a respetar.
 #1169884  por JavierUranga
 
SGO escribió:Hola
Comparto con mis colegas.
Como estudiante de derecho, seguramente seras un futuro colega, debes desde ahora hacer respetar la profesión.
Creo que muchos de nosotros a diario nos encontramos con que los clientes no respetan nuestra labor, y sin pensar del sacrificio inclusive de muchos para tomar conocimientos, y mas aun muchas veces no ven las horas que implica ciertos estudios, como en este caso liquidaciones - controles de contratos - contestar demandas etc etc
Asi tambien creo que muchos compartirán en que a veces los clientes creen que nuestro trabajo es automático que hacemos dos clic y sale todo. No ven el sacrificio para mantenernos inclusive por los costos que tenemos.
Es por eso que entiendo a mis colegas, y las disculpas, tranqui no paso nada o por lo menos asi lo creo yo, pero aprendiste algo que no creo que aprendas en la facultad, aprendistes algo de la calle, de lo real de nuestra profesión
Un abrazo y mucha suerte y fuerza en tus estudios
Sgueño
Totalmente, por eso pedí la disculpas sinceramente, y no fue bajo la intención de ofender o desmerecer el trabajo de nadie.

Gracias por el comentario!