Hola estimados colegas.Tengo dudas con respecto a los honorarios en un juicio de Alimentos.
La primer duda que tengo es si se puede cobrar honorarios al alimentado?
Si no se puede cobrar al alimentado, y el abogado tiene que iniciar la ejecucion de honorarios, y lo único que se puede embargar es el sueldo del alimentante -que de hecho ya está embargado por el alimentado en un 20 o 25% -, les pregunto si se puede pedir que se embargue, por ejemplo, un 10% más, del sueldo del demandado, para poder cobrarme los honorarios? o hay que hacer valer algún tipo de privilegio, que el código civil le dá a nuestros honorario? Que es lo más práctico? Les agradecería que me orienten al respecto.-
La primer duda que tengo es si se puede cobrar honorarios al alimentado?
Si no se puede cobrar al alimentado, y el abogado tiene que iniciar la ejecucion de honorarios, y lo único que se puede embargar es el sueldo del alimentante -que de hecho ya está embargado por el alimentado en un 20 o 25% -, les pregunto si se puede pedir que se embargue, por ejemplo, un 10% más, del sueldo del demandado, para poder cobrarme los honorarios? o hay que hacer valer algún tipo de privilegio, que el código civil le dá a nuestros honorario? Que es lo más práctico? Les agradecería que me orienten al respecto.-