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  • HONORARIOS ALIMENTOS.-

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1170283  por vicfer
 
Hola estimados colegas.Tengo dudas con respecto a los honorarios en un juicio de Alimentos.
La primer duda que tengo es si se puede cobrar honorarios al alimentado?
Si no se puede cobrar al alimentado, y el abogado tiene que iniciar la ejecucion de honorarios, y lo único que se puede embargar es el sueldo del alimentante -que de hecho ya está embargado por el alimentado en un 20 o 25% -, les pregunto si se puede pedir que se embargue, por ejemplo, un 10% más, del sueldo del demandado, para poder cobrarme los honorarios? o hay que hacer valer algún tipo de privilegio, que el código civil le dá a nuestros honorario? Que es lo más práctico? Les agradecería que me orienten al respecto.-