Estimados,
Me derivaron un tema laboral de una trabajadora domestica en provincia. La misma se considero depspedida por falta de pago de salarios y falta de registracion, hizo todo el intercambio telegrafico pero con intimacion por la ley 24013 y 25323, esto fue en mayo 2015 con lo cual estoy bien con la prescripción. El tema es que intimo por estas leyes estando vigente la ley 26.844, en su opinion tiene alguna virtualidad que se haya intimado por estas leyes que fueron desplazadas por la 26.844? Harian alguna salvedad a la hora de redactar la demanda? Les parece que puede complicar en algo el yerro en la ley a aplicar?
Gracias y saludos
Me derivaron un tema laboral de una trabajadora domestica en provincia. La misma se considero depspedida por falta de pago de salarios y falta de registracion, hizo todo el intercambio telegrafico pero con intimacion por la ley 24013 y 25323, esto fue en mayo 2015 con lo cual estoy bien con la prescripción. El tema es que intimo por estas leyes estando vigente la ley 26.844, en su opinion tiene alguna virtualidad que se haya intimado por estas leyes que fueron desplazadas por la 26.844? Harian alguna salvedad a la hora de redactar la demanda? Les parece que puede complicar en algo el yerro en la ley a aplicar?
Gracias y saludos