nicolas1980 escribió:hexametro escribió:cuando te referís a que no hay causal es que despidieron y no pagaron, sencillamente?
y tomaron esa decisión sin tener la plata para indemnizar?
no necesitás ninguna prueba para cobrar, es de pleno derecho. si te piden tiempo pronostico un muy pronto concurso, si no lo iniciaron ya. fijate en la página del pjn, buscando el nombre por el fuero comercial -si es capital-. y urgente, pero urgente, iniciá una cautelar: te repito, no necesitás ninguna prueba, es un pagaré prácticamente. despidieron, no pagaron: te la tienen que dar. por las indeminizaciones y por el art. 2 de la 25.323.
suerte.
hola si, argumentan una causal pero es generica, en si no tienen pruebas reales para un despido con causa, no hay grave ilicito contractual, me asusta lo del tiempo, vos decis que suelen hacer eso previo a concursar? es una empresa textil mediana
bueno, eso cambia los hechos del caso, para la próxima entonces tratá de exponerlo de manera más cierta. causal hay, por más que sea manifiestamente genérica. en uno y otro caso debería seguirse el mismo criterio, pero lo cierto es que no es así jurisprudencialmente: ahí ya no veo tan claro una cautelar.
si decís que es una empresa mediana y no hubo una estrategia masiva de despidos -sin causa, o con causa genérica- quizás sería prematuro pensar que están queriendo desaparecer. andalo monitoreando. queda en vos iniciar la demanda o no la demanda. si no te dan un plazo cierto -y breve-, no veo motivo para dilatarlo: la iniciás, y podés conciliar incluso antes de trabada la litis. suerte con eso!