Para pagar las costas de un juicio a la que fue condenada la parte actora, las costas la integran los honorarios de 2 abogados y de un perito. Quisiera preguntarles: que es más conveniente, si arreglar el pago de los honorarios con los beneficiarios o depositar directamente en el expediente la suma total de las costas y darlo en pago. a mí me parece mejor depositar en el expediente y que se arreglen los que tengan que cobrar. Si decido depositar las costas en el expediente, en el escrito "Acredito depósito-Da en pago" : ¿tengo que decir que la suma depositada se da en pago de las costas o que se da en pago de los honorarios regulados en la sentencia?.
Saludos.
Saludos.