Distinguidos colegas dejo una inquietud que es en realidad es una incerteza sobre una situación que se me presentó al analizar la apertura -a realizar- de un proceso sucesorio respecto de un bien y de uno de los sucesores.
A saber: Bien inmueble registrado a nombre de abuelos, ellos fallecidos, hijos, uno fallecido (heredan los otros hermanos porque no tiene ni descendientes ni ascendientes) y luego de estudiar todos los vericuetos del caso me quedan 5 sucesores con 1/5 cada uno de la masa partible. Hasta ahí voy bien...ahora, ellos están de acuerdo en vender sus derechos hereditarios para que el cesionario -mi cliente- se encargue de abrir el proceso sucesorio...sigo bien, pero resulta que una hija tiene una declaración de quiebra firme del año 2002 y aún viva -la quiebra- entonces y aquí me surge la cuestión dudosa: 4 herederos firman la cesión sin inconvenientes ¿que hago con la quebrada? ¿la quiebra la inhabilitó por el desapoderamiento a ceder su parte? ¿abro la sucesión con la cesión de los cuatro y notifico al índico? ¿me presento denunciando el bien advirtiendo al juez de la quinta heredera fallida? ¿la quiebra de la quinta heredera como respondería al llamado de los edictos? Algún especialista por favor que le alcance una ayuda a este penalista perdido...Gracias anticipadas.
A saber: Bien inmueble registrado a nombre de abuelos, ellos fallecidos, hijos, uno fallecido (heredan los otros hermanos porque no tiene ni descendientes ni ascendientes) y luego de estudiar todos los vericuetos del caso me quedan 5 sucesores con 1/5 cada uno de la masa partible. Hasta ahí voy bien...ahora, ellos están de acuerdo en vender sus derechos hereditarios para que el cesionario -mi cliente- se encargue de abrir el proceso sucesorio...sigo bien, pero resulta que una hija tiene una declaración de quiebra firme del año 2002 y aún viva -la quiebra- entonces y aquí me surge la cuestión dudosa: 4 herederos firman la cesión sin inconvenientes ¿que hago con la quebrada? ¿la quiebra la inhabilitó por el desapoderamiento a ceder su parte? ¿abro la sucesión con la cesión de los cuatro y notifico al índico? ¿me presento denunciando el bien advirtiendo al juez de la quinta heredera fallida? ¿la quiebra de la quinta heredera como respondería al llamado de los edictos? Algún especialista por favor que le alcance una ayuda a este penalista perdido...Gracias anticipadas.