Estoy por iniciar un desalojo por intrusión, ya hice la medida preliminar y el Oficial de Justicia identificó a todo el grupo familiar que está ocupando la vivienda, habiendo entre ellos dos menores de edad de 6 y 7 años.
Sé que con la reforma al Código Civil y Comercial, los desalojos en los que haya menores tienen que tramitar ante la justicia de familia, el problema es que no encuentro en qué parte del código está legislado!!! Alguien me puede dar una mano y decirme en qué artículo está dispuesto?? Gracias!
Sé que con la reforma al Código Civil y Comercial, los desalojos en los que haya menores tienen que tramitar ante la justicia de familia, el problema es que no encuentro en qué parte del código está legislado!!! Alguien me puede dar una mano y decirme en qué artículo está dispuesto?? Gracias!