Queridos colegas, tengo un tramite de familia por ejecucion de alimentos atrasados en Provincia de Bs. As., en el que la actora dejo de impulsar el proceso durante 9 años, al impulsarlo nuevamente plantee la prescripcion quinquenal del art. 4027 inc 1° del C.C.; el juez dicta sentencia rechazando la prescripcion planteada aplicando la prescripcion decenal del art. 4023 del C.C.- Quiero apelar la sentencia, es la primera ves que lo hago, alguien puede guiarme para hacerlo?, en particular si se debe plantear la apelacion y despues presentar el memorial con la expresion de agravios en la alzada o debe presentarse en forma conjunta el planteo de apelacion y la expresion de agravios? Si alguien puede acompañar un modelo eternamente agradecido. Por favor es URGENTE, me vence el plazo de cinco dias en las 4 primeras horas del lunes.
vw1500 escribió:Quiero apelar la sentencia, es la primera ves que lo hago, alguien puede guiarme para hacerlo?, en particular si se debe plantear la apelacion y despues presentar el memorial con la expresion de agravios en la alzada o debe presentarse en forma conjunta el planteo de apelación y la expresión de agravios?En principio tendrías que interponer el recurso sin fundarlo en la forma que establece el art. 245 y ver como te lo conceden.
Lo mas probable es que te lo concedan en relación.
Una vez concedido acompañás el memorial conforme lo estable el art. 246.