Hola muchachos, hoy salió proveído del juzgado que dice "Concédase libremente el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fs....."
Para saber bien todo:
¿Los 5 días para fundar corren desde mañana o desde el Miércoles? (como mañana es día de notificación, se cuenta desde el día siguiente).
¿Dónde presento agravios, en el juzgado o en Cámara (les digo esto porque en otros posts comentaron que se interponía en Cámara, pero quiero asegurarme).
Es un demandado, yo voy por la actora ¿presento un escrito y una copia para la contraria o no?
A quienes puedan orientarme, les agradezco por adelantado.
tito
Para saber bien todo:
¿Los 5 días para fundar corren desde mañana o desde el Miércoles? (como mañana es día de notificación, se cuenta desde el día siguiente).
¿Dónde presento agravios, en el juzgado o en Cámara (les digo esto porque en otros posts comentaron que se interponía en Cámara, pero quiero asegurarme).
Es un demandado, yo voy por la actora ¿presento un escrito y una copia para la contraria o no?
A quienes puedan orientarme, les agradezco por adelantado.
tito