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  • Ayuda con Quiebra - Liquidación - Pagos realizados

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 #1179210  por csr79
 
Estimados, recurro a Uds. ya que no se como proseguir en una quiebra decretada en el año 2008, por una deuda originada en una sentencia de daños y perjuicios.
En el marco de la quiebra, se embargó una jubilación (médico) y mi cliente (con otro abogado) fue retirando fondos a lo largo de los años, siempre en concepto de capital. Ahora me consulta porque ya alcanzó el monto por el cual solicitó la quiebra y necesito saber si se puede practicar liquidación de intereses como en un ejecutivo común o si ya está terminado el asunto.
Muchas gracias
 #1179222  por Tuiti
 
La verdad es que el caso es bastante atípico, en el marco de una quiebra ¿ se embargó una jubilación ?.
La quiebra no paga intereses ( al igual que el concurso preventivo ) desde la fecha de su declaración (sí los acumulados hasta ese momento) salvo que haya remanente por los bienes rematados conforme al art. 228 de la ley de CyQ.
Vos estás seguro que el planteo es tal como lo relataste ? No me suena. Es probable que yo esté pasando por alto un dato importante.
 #1179225  por Tuiti
 
Sigo:
¿ Vos viste el expediente ? ¿ O te quedaste con el relato de tu cliente ?
Porque si estamos hablando de una quiebra debe haber un síndico que es el encargado de llevar adelante la misma.
Llegado el hipotético caso que en la quiebra la forma de pago/cobro haya sido lo embargado en una jubilación ( que probablemente pudo haber sido la propuesta de pago ofrecida en un Concurso y no aceptada por lo que se llegó a la Quiebra ) y correspondiesen intereses, sería el Síndico quien debe practicar liquidación.
Ya se presentó el Proyecto de Distribución ? No se me ocurre como sería en este caso de una jubilación embargada. Se publicó? Se aprobó? Pidió el síndico la conclusión de la quiebra ?

No sé, nada cierra.
 #1179227  por csr79
 
Ante la falta de pago de una sentencia, la quiebra la pidió el acreedor de la misma, no hubo concurso. Se decretó y hubo muchos proyectos de distribución parciales aprobados, de los cuales fueron retirando fondos el actor, Afip y el Síndico.
El actor retiro fondos 6 veces, llegando ahora al total del monto por el que pidió la quiebra.
Por eso quería saber si hay interes, y me sirve mucho lo que me informas sobre el Síndico que debe realizar la liquidación sin corresponde. De todos modos no me voy a meter ya que no manejo el tema y prefiero que lo siga alguien con conocimiento. Muchísimas gracias por aclarar la duda