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  • RENUNCIA DE DEUDA POR SICAM

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1180152  por Real
 
Hola a todos, se puede renunciar (ART 1 LEY 25 )estos meses en el sicam ley 24476 que tienen deuda, pero salen en el sijip de ANSES y en PAGOS del SICAM: 6/94- 9/95- 3/96- 8/96 Y 3/97?GRACIAS
 #1180165  por lucky
 
Se pueden renunciar mientras reunas por otro lado los 30 años de aportes (o los que necesite esa persona).
Fijate bien que la deuda puede ser por capital e intereses, o sólo por intereses.