BUENAS! a un cliente le llego un telegrama de la ART intimando en el plazo de 3 dias a elegir entre las tres opciones para determinar competencia territorial de las comisiones medicas?
lo extraño es que, segun mi cliente, una vez que se le dio el alta no se solicito el reingreso.
es la primera vez que lo veo.
entiendo la reforma en su
ARTÍCULO 1° — Dispónese que la actuación de las comisiones médicas jurisdiccionales creadas por el artículo 51 de la ley 24.241 y sus modificatorias, constituirá la instancia administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente de toda otra intervención, para que el trabajador afectado, contando con el debido patrocinio letrado, solicite la determinación del carácter profesional de su enfermedad o contingencia, la determinación de su incapacidad y las correspondientes prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo. erá competente la comisión médica jurisdiccional correspondiente al domicilio del trabajador, al lugar de efectiva prestación de servicios por el trabajador o, en su defecto, al domicilio donde habitualmente aquel se reporta, a opción del trabajador y su resolución agotará la instancia administrativa.
pero no entiendo porque llega este telegrama si no se inicio ningun reclamo todavia..