Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • NOTIFICACION ERRONEA Y GESTION JUDICIAL

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1182405  por san84
 
Buenos días, colegas.

Me ha llegado un caso de una persona extranjera, a la que se la demanda por alimentos. Está fuera del país desde junio y hasta dentro de unos días, y quien acudió a mí es la hermana.
La demanda fue a parar al domicilio de la hermana del demando (este en Argentina vive en una pensión y la actora lo ignora).

El Problema está en que la hermana tomó el asunto en sus manos y le pidió a una abogada que presente un escrito como GESTOR JUDICIAL del Art. 48., acreditando con el pasaje de vuelta y el pasaporte escaneado del demandado que el mismo ya tenía el pasaje comprado y no podría asistir a las audiencias del primer proveído. Solicitando además nuevas fechas de audiencias para luego de la fecha de arribo al país.

Entiendo que cuando llegue el demandado y me habilite a patrocinarlo podría acreditar que aquel no es el verdadero domicilio del demandado, y pedir la nulidad de todo lo actuado. El dilema está en que para ello debería no ratificar la actuación de la letrada anterior y como reza el art. 48 CPCCN "Si dentro de los CUARENTA (40) días hábiles, contados desde la primera presentación del gestor, no fueren acompañados los instrumentos que acrediten la personalidad o la parte no ratificase la gestión, será nulo todo lo actuado por el gestor y éste deberá satisfacer el importe de las costas, sin perjuicio de su responsabilidad por el daño que hubiere producido."

Con lo que podría perjudicar a una colega que le hizo un favor desinteresado al demandado para explicar las razones por las cuales no comparecía.
¿Uds que me recomiendan? Gracias de antemano.
Saludos
 #1182406  por advocatus66
 
La hermana y la colega actuaron bien. Vos lo que tendrías que hacer es patrocinarlo y que se presente en las nuevas audiencias. Cuando te presentás, constituís domicilio.
 #1182407  por san84
 
advocatus66 escribió: Lun, 21 Ago 2017, 09:20 La hermana y la colega actuaron bien. Vos lo que tendrías que hacer es patrocinarlo y que se presente en las nuevas audiencias. Cuando te presentás, constituís domicilio.
Muchas gracias!! Saludos!