Hola! Les escribo ya que tengo una sucesión que consta de un departamento (UF1) y su cochera (unidad complementaria). Ya hay declaratoria de herederos inscripta. Se hizo la partición y ya fue aprobada por el juzgado. Son 3 herederos: 2 hijos + cónyuge superstite. El tema es el siguiente: en la partición se dispuso mantener las proporciones con respecto a la unidad funcional y asignar 100% de la unidad complementaria - contra compensación económica - a uno de los herederos, que también es titular de OTRA UNIDAD FUNCIONAL (UF2) EN EL MISMO EDIFICIO, por lo que preciso inscribir la baja de la cochera de la UF1 y el alta en la UF2. Cuando consulte en el Registro de la Propiedad Inmueble cómo debía ingresar el trámite, me dijeron que la baja y el alta de la cochera debe hacerse por acta notarial, no bastando el testimonio de la partición homologada.
Saben si esto es correcto? La idea sería en lo posible evitar acudir a un escribano dado los gastos elevados que acarrea.
Escucho atentamente sus opiniones.
Desde ya, muchísimas gracias!!
Saben si esto es correcto? La idea sería en lo posible evitar acudir a un escribano dado los gastos elevados que acarrea.
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