Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • CONSULTA URGENTE SOBRE PROCEDIMIENTO EJECUCION DE SENTENCIA LABORAL

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1182623  por Maru37
 
Hola a todos . Es mi 1 Ejecución de sentencia laboral en CABA, y habiendose trabado embargo sobre cuentas bancaroas del vencido tanto por la actora como por mis honorarios, me llama el abogado del vencido para ponernos de acuerdo en la liquidación. O sea: Ganado un juicio laboral en 1 y 2 instancia, con liquidación aprobada y firme, la empresa demandada y condenada no pagó. Inicié ejecución tanto por el actor como por mis honorarios. Pedí para cada caso embargo de cuentas bancarias, me lo decretaron especificando la suma que provisionalmente se presupuesta para honorarios y costas; dejé los oficios a confronte, y en breve los retiraré para llevar al banco. Hoy me llama el abogado de la demandada y me dice de hacer la liquidación conjunta para así cuando depositen en el juzgado puedo retirar el dinero directamente. La pregunta es: 1) De Qué liquidación me habla? 2) lo que presupuestaron para costas y honorarios además de lo debido no corresponde? 3) para el caso de tener que hacer una nueva liquidación, desde qué momento y con qué tasa se hace? Perdón si es tonta la pregunta pero la verdad es que pensé que lo que se embargaba y depositaban a nombre del juzgado lo cobraba todo :P Gracias por toda ayuda que me puedan dar ya que no conozco lo pasos a seguir después de trabado el embargo en las cuentas bancarias del vencido :mrgreen:
 #1183616  por Maru37
 
Maru37 escribió: Mié, 23 Ago 2017, 20:13 Hola a todos . Es mi 1 Ejecución de sentencia laboral en CABA, y habiendose trabado embargo sobre cuentas bancaroas del vencido tanto por la actora como por mis honorarios, me llama el abogado del vencido para ponernos de acuerdo en la liquidación. O sea: Ganado un juicio laboral en 1 y 2 instancia, con liquidación aprobada y firme, la empresa demandada y condenada no pagó. Inicié ejecución tanto por el actor como por mis honorarios. Pedí para cada caso embargo de cuentas bancarias, me lo decretaron especificando la suma que provisionalmente se presupuesta para honorarios y costas; dejé los oficios a confronte, y en breve los retiraré para llevar al banco. Hoy me llama el abogado de la demandada y me dice de hacer la liquidación conjunta para así cuando depositen en el juzgado puedo retirar el dinero directamente. La pregunta es: 1) De Qué liquidación me habla? 2) lo que presupuestaron para costas y honorarios además de lo debido no corresponde? 3) para el caso de tener que hacer una nueva liquidación, desde qué momento y con qué tasa se hace? Perdón si es tonta la pregunta pero la verdad es que pensé que lo que se embargaba y depositaban a nombre del juzgado lo cobraba todo :P Gracias por toda ayuda que me puedan dar ya que no conozco lo pasos a seguir después de trabado el embargo en las cuentas bancarias del vencido :mrgreen:
Nadie que pueda AYUDARME???? PORFISSSS...
 #1184059  por drademocracy
 
Si ya tenes el embargo ordenado y listo para trabarlo y cobrarlo, deciselo al abogado de la demandada. La liquidacion ya esta aprobada y firme, asi que no hay ninguna liquidacion que presentar. Lo único que le podes ofrecer es que depositen YA para no embargarlos. Sino, segui adelante con eso y chau.
Lo que se presupuesta por intereses y costas sirve por si queres "reactualizar" la liquidación por el atraso desde la fecha en que se hizo la primera liquidación hasta la fecha en que efectivamente cobren (tu cliente y vos) y además podes pedir regulación por la ejecución.
Saludos.
 #1184794  por Maru37
 
Dra Democracy, muchas gracias por tu respuesta!!! Ya está el embargo trabado y depositado en el la cuenta del juzgado los montos que por las sumas que corresponden al actor con más lo presupuestado provisionalmente para intereses y gastos; y por la sumas que me corresponden de honorarios en el principal con mas lo presupuestado para intereses y gastos. Y me surge la siguiente pregunta: 1) Debo presentar escrito adjuntando el saldo bancario con más mi constancia de inscripción a la AFIP solicitando se libre giro al actor por X suma y otro giro a mi nombre por mis honorarios regulados en el principal y nada más????; o 2) Debo acreditar en el expte la traba de embargo, adjuntar saldo bancario y pedir se cite de venta al vencido en los términos del Código Procesal Civil para que haya honorarios por la Ejecución de Sentencia Laboral?????, o 3) Qué debo hacer? Cómo debo continuar??? Recuerdo que es laboral en Capital. Mil gracias a cualquiera que me pueda ayudar, estoy perdidaaaaaa :(