A mi hermano le asignaron el patrocionio gratuito, y el se mudo a un lugar naturista que no tiene ni internet a 400 kms. No ejerce por mas que esta matriculado. Cuales son las excepciones de la ley 5.177?. Cuales son las justifiaciones para no hacerlo?. Alguno que no lo haya hecho, que sucedio?. Lo podria tomar yo en su lugar?. Muchas Gracias.
Estudiodiazyasoc escribió: ↑Mar, 05 Sep 2017, 19:51 A mi hermano le asignaron el patrocionio gratuito, y el se mudo a un lugar naturista que no tiene ni internet a 400 kms. No ejerce por mas que esta matriculado. Cuales son las excepciones de la ley 5.177?. Cuales son las justifiaciones para no hacerlo?. Alguno que no lo haya hecho, que sucedio?. Lo podria tomar yo en su lugar?. Muchas Gracias.Llamaría al colegio de abogados donde tu hermano está matriculado explicando la situación, tal vez el obteniendo un certificado de la comisaría estaría justificado.