Estimado:
Lo más probable es que el INPI no te conceda la marca porque presta a confusión si solamente agregás una letra, y más teniendo en cuenta que las dos marcas además empiezan y terminan igual.
El INPI suele fijarse como comienza y cómo termina cada marca: en este caso sería igual ambas, así que casi con seguridad te diría que lo rebota el INPI de oficio.
Si el INPI llega a dar el ok y publica la solicitud de marca, habrá que ver si no se opone algún tercero (en especial, este otro titular que mencionás).
No obstante, te ofrezco otra opción: Fijate el registro de la otra marca si está limitada o no: es decir, si es para TODA la clase y en TODO el territorio, y en base a eso:
1°) Si está limitada solamente a otros productos de la misma clase pero que no sea cerveza, registrá la marca en la clase 32 pero limitándola solamente a cerveza.
2°) ídem con territorio: en caso que la otra marca esté limitada para algún territorio, registrala limitándola solamente al territorio donde explotaría la marca.
3°) En el caso que no esté limitada, me comunicaría en tu lugar con el titular de dicha marca para preguntarle si existe la posibilidad de limitar dicha marca, ya sea por productos o territorialmente.
4°) Si obtenés una respuesta negativa, plantearía a tu cliente registrar otra marca ya que intentar registrarla así sería perder plata y tiempo.
saludos,