En una sucesión ordenaron la citación por cédula de herederos presentados por quien inició la sucesion. Dichos herederos se encuentran en el interior del país.
La pregunta es: ¿dichos herederos pueden hacer su presentación a la causa mediante un Poder Judiclal Especial de representación, sin que se cursen las cédulas?
La idea es ganar tiempo y evitar gastos mayores.
Agradeceré la orientación.
La pregunta es: ¿dichos herederos pueden hacer su presentación a la causa mediante un Poder Judiclal Especial de representación, sin que se cursen las cédulas?
La idea es ganar tiempo y evitar gastos mayores.
Agradeceré la orientación.