Les realizo una consulta.
Un profesional abogado que posee la matricula del C.P.A.C.F. y que posee matricula Federal de interior. Son las únicas credenciales que posee.
Ante la justicia Federal del interior este profesional inicia una demanda civil por ejemplo a Edenor o Edesur y el juez lo intima a que cumpla con la Ley Nº 23.987 que pague el anticipo previsional.
Este profesional que carece de matricula provincial ¿Cómo va a exigírsele pagar un anticipo previsional cuando no es afiliado a la caja de abogados? ¿Qué se puede hacer en este caso?
Un profesional abogado que posee la matricula del C.P.A.C.F. y que posee matricula Federal de interior. Son las únicas credenciales que posee.
Ante la justicia Federal del interior este profesional inicia una demanda civil por ejemplo a Edenor o Edesur y el juez lo intima a que cumpla con la Ley Nº 23.987 que pague el anticipo previsional.
Este profesional que carece de matricula provincial ¿Cómo va a exigírsele pagar un anticipo previsional cuando no es afiliado a la caja de abogados? ¿Qué se puede hacer en este caso?