Hola gente ! Soy abogada y son taaaaaaaan bol ...da que entre a laburar al estudio de mi cuñada que estaba al borde del colapso hace un año. Me banque un año estar en negro, sin SAC, aguinaldo, aumento por paritaria, nada, durante un año cobre $ 20.000 (bah, lo peor es que en realidad es lo que nos daba en forma conjunta a mi y a mi marido, a mi por ser la unica abogada del estudio y a el por ocuparse de todas las cuestiones administrativas). Le pedi aumento y me llego carta documento tratandonos de proveedores, rescindiendo el servicio, y poniendo a nuestra disposicion honorarios impagos. Mas alla de hacer un mea culpa por pelotuda, que me sirva de experiencia, nunca mas confiar en un familiar, etc ... quisiera romperle bastante el c ....
Entonces, redacte la siguiente CD. La que me envio ella solamente dice lo que indique, me trata de proveedora, rescinde y dice que pase a buscar mis honorarios pendientes. Honestamente, me dejo en pelotas, ya lloro por solo pensar en que como las CD son para mi marido y para mi tengo que gastar en 2 cd. Si pudieran darme su vision al respecto, lo agradeceria. Saludos !
Rechazo su CD de fecha 9/10/2017 por falsa, improcedente y mendaz. En especial, rechazo categóricamente ser proveedora de su empresa, lo que nos vinculaba era una RELACION DE DEPENDENCIA con todas sus notas distintivas. Por tal motivo intimole a practicar liquidación por indemnización por despido incausado con fecha de ingreso 22/10/2016 y mejor remuneración mensual, normal y habitual de $ 20.000.- por
tareas administrativas, procuración y confección de escritos sujetos a vuestras indicaciones. Asimismo, atento no haber registrado nuestro vinculo laboral, será de aplicación la multa prevista por el art. 1 de la ley 25323 y la multa art. 80 LCT por falta de entrega de certificado de trabajo. Intimole a notificar el monto de la liquidación final de referencia en el perentorio plazo de 24 hrs, poniendo a mi disposición el monto arrojado, sujeto a impugnación en caso de no corresponderse con la realidad del vínculo laboral. Todo ello bajo apercibimiento de tomar las acciones que correspondan en el fuero laboral, como ante la AFIP, tanto contra vuestra persona como contra cualquier persona física o jurídica respecto de quien me sienta con derecho a accionar.
PD: Eso de "cualquier persona fisica o juridica respecto de quien me sienta con derecho a accionar" es por que es un estudio de cobranza que labura para empresas de consumo masivo, y en el convenio que se firmo con las mismas se deja constancia que se las mantendra indemnes de todo juicio laboral.
Supuestamente si envio las CD y no tengo respuesta, ya la semana que viene tendria que ir a pedir turno al SECLO, segun entiendo (en ese caso claramente recurriria a un abogado laboral por que no es mi rama)
Entonces, redacte la siguiente CD. La que me envio ella solamente dice lo que indique, me trata de proveedora, rescinde y dice que pase a buscar mis honorarios pendientes. Honestamente, me dejo en pelotas, ya lloro por solo pensar en que como las CD son para mi marido y para mi tengo que gastar en 2 cd. Si pudieran darme su vision al respecto, lo agradeceria. Saludos !
Rechazo su CD de fecha 9/10/2017 por falsa, improcedente y mendaz. En especial, rechazo categóricamente ser proveedora de su empresa, lo que nos vinculaba era una RELACION DE DEPENDENCIA con todas sus notas distintivas. Por tal motivo intimole a practicar liquidación por indemnización por despido incausado con fecha de ingreso 22/10/2016 y mejor remuneración mensual, normal y habitual de $ 20.000.- por
tareas administrativas, procuración y confección de escritos sujetos a vuestras indicaciones. Asimismo, atento no haber registrado nuestro vinculo laboral, será de aplicación la multa prevista por el art. 1 de la ley 25323 y la multa art. 80 LCT por falta de entrega de certificado de trabajo. Intimole a notificar el monto de la liquidación final de referencia en el perentorio plazo de 24 hrs, poniendo a mi disposición el monto arrojado, sujeto a impugnación en caso de no corresponderse con la realidad del vínculo laboral. Todo ello bajo apercibimiento de tomar las acciones que correspondan en el fuero laboral, como ante la AFIP, tanto contra vuestra persona como contra cualquier persona física o jurídica respecto de quien me sienta con derecho a accionar.
PD: Eso de "cualquier persona fisica o juridica respecto de quien me sienta con derecho a accionar" es por que es un estudio de cobranza que labura para empresas de consumo masivo, y en el convenio que se firmo con las mismas se deja constancia que se las mantendra indemnes de todo juicio laboral.
Supuestamente si envio las CD y no tengo respuesta, ya la semana que viene tendria que ir a pedir turno al SECLO, segun entiendo (en ese caso claramente recurriria a un abogado laboral por que no es mi rama)