Hola, quisiera saber sus opiniones respecto de ésta cuestión,
con la desapariciòn del nuevo código de la figura de "nuera viuda sin hijos",
que derecho tendrìa mi cliente???
A (mi cliente) quedò viuda de B hace 5 años,
B no tuvo hijos (ni con A ni con nadie),
no tenia bienes propios y solo tenia 2 hermanas vivas actualmente.
El suegro de A habia fallecido antes que B (hace unos 6 años)
y el año pasado (2015) falleciò su suegra.
Es decir el orden en que fallecieron es:
Primero el suegro (2010)
Luego el esposo (2000)
Finalmente la suegra (2015)
Todo ocurrió antes de la entrada en vigencia del nuevo código,
en el antiguo código estaba amparada por el Art.3576 Bis. ¿tiene un derecho adquirido??
Que % le corresponde a A de los bienes de sus suegros???
ella no se volviò a casar y no tiene hijos,
Desde ya muchas gracias por sus respuestas.
con la desapariciòn del nuevo código de la figura de "nuera viuda sin hijos",
que derecho tendrìa mi cliente???
A (mi cliente) quedò viuda de B hace 5 años,
B no tuvo hijos (ni con A ni con nadie),
no tenia bienes propios y solo tenia 2 hermanas vivas actualmente.
El suegro de A habia fallecido antes que B (hace unos 6 años)
y el año pasado (2015) falleciò su suegra.
Es decir el orden en que fallecieron es:
Primero el suegro (2010)
Luego el esposo (2000)
Finalmente la suegra (2015)
Todo ocurrió antes de la entrada en vigencia del nuevo código,
en el antiguo código estaba amparada por el Art.3576 Bis. ¿tiene un derecho adquirido??
Que % le corresponde a A de los bienes de sus suegros???
ella no se volviò a casar y no tiene hijos,
Desde ya muchas gracias por sus respuestas.