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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1187422  por fabianMDP
 
Estimados foristas:
En 2 acuerdos de Reparación Histórica (donde los titulares tienen juicios recién iniciados y que aceptaron la propuesta), me envían cédulas electrónicas donde se me intima por el plazo de 3 días hábiles para que manifieste sobre la vinculación de dichas causas con el acuerdo arribado, bajo apercibimiento de NO homologar el acuerdo.
Mi pregunta es:
¿ Envío escrito electrónico e invocando el art. 48 del CPCCN, manifiesto que el actor desiste de la acción y le solicita al Juez la homologación del acuerdo ?
¿ Es necesario el soporte papael ?
Soy abogado del interior.
Agradezco una respuesta
 #1187424  por lucky
 
No sé cómo se están manejando los juzgados federales en el interior, pero debería ser igual que en los federales de CABA. Es decir: adhesión a la firma electrónica en la web del pjn, y subir los escritos digitales escaneados (con firma del titular y del abogado). Deberías preguntar en el juzgado si es así. No creo que acepten papel.
En tu caso en una de las cláusulas del Convenio suscripto dice que se desiste de los autos ".......", expte. nro......, que tramitan ante el juzgado "......"
Por eso habría que contestar la intimación diciendo que el Convenio se encuentra vinculado a esas actuaciones y que el desistimiento está incluido en la cláusula número "...".