Hola les consulto, ya que estoy en un concurso por un crédito laboral,y no es lo mí los concursos y las quiebras.
El Crédito fue declarado admisible en parte e inadmisible otra parte. con privilegio especial y general, las indemnizaciones y parte de los intereses, privilegio general otras multas y quirografario resto intereses.
Mis dudas son:
1- Porque se declara admisible? si es lo mismo que verificado?
2- nada dice del pronto pago, cuando se pidió la verificación se solicito el pronto pago y la sindico lo aconsejo, pero en el proveído del art 36 nada dice.-
Por el monto inadmisible, no lo vamos a apelar, ya que es correcto, por estar mal calculados los intereses, lo que si me interesa saber, si tiene los mismos efectos que sea admitido o verificado, lo que leí, entiendo que se admite y no se verifica porque la concursada se opuso y que luego de que venza el plazo de 20 días, sino se opone la concursada, queda verificado es así??? o debo plantear algo???
y lo del pronto pago si puedo pedirlo
gracias
El Crédito fue declarado admisible en parte e inadmisible otra parte. con privilegio especial y general, las indemnizaciones y parte de los intereses, privilegio general otras multas y quirografario resto intereses.
Mis dudas son:
1- Porque se declara admisible? si es lo mismo que verificado?
2- nada dice del pronto pago, cuando se pidió la verificación se solicito el pronto pago y la sindico lo aconsejo, pero en el proveído del art 36 nada dice.-
Por el monto inadmisible, no lo vamos a apelar, ya que es correcto, por estar mal calculados los intereses, lo que si me interesa saber, si tiene los mismos efectos que sea admitido o verificado, lo que leí, entiendo que se admite y no se verifica porque la concursada se opuso y que luego de que venza el plazo de 20 días, sino se opone la concursada, queda verificado es así??? o debo plantear algo???
y lo del pronto pago si puedo pedirlo
gracias