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  • CONSULTA CONCURSO PREVENTIVO RESOLUCION ART 36 LCQ

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 #1185242  por SABRIN
 
Hola les consulto, ya que estoy en un concurso por un crédito laboral,y no es lo mí los concursos y las quiebras.
El Crédito fue declarado admisible en parte e inadmisible otra parte. con privilegio especial y general, las indemnizaciones y parte de los intereses, privilegio general otras multas y quirografario resto intereses.

Mis dudas son:
1- Porque se declara admisible? si es lo mismo que verificado?
2- nada dice del pronto pago, cuando se pidió la verificación se solicito el pronto pago y la sindico lo aconsejo, pero en el proveído del art 36 nada dice.-

Por el monto inadmisible, no lo vamos a apelar, ya que es correcto, por estar mal calculados los intereses, lo que si me interesa saber, si tiene los mismos efectos que sea admitido o verificado, lo que leí, entiendo que se admite y no se verifica porque la concursada se opuso y que luego de que venza el plazo de 20 días, sino se opone la concursada, queda verificado es así??? o debo plantear algo???
y lo del pronto pago si puedo pedirlo

gracias
 #1185934  por SABRIN
 
Hola les consulto, ya que estoy en un concurso por un crédito laboral,y no es lo mí los concursos y las quiebras.
El Crédito fue declarado admisible en parte e inadmisible otra parte. con privilegio especial y general, las indemnizaciones y parte de los intereses, privilegio general otras multas y quirografario resto intereses.

Mis dudas son:
1- Porque se declara admisible? si es lo mismo que verificado?
2- nada dice del pronto pago, cuando se pidió la verificación se solicito el pronto pago y la sindico lo aconsejo, pero en el proveído del art 36 nada dice.-

Por el monto inadmisible, no lo vamos a apelar, ya que es correcto, por estar mal calculados los intereses, lo que si me interesa saber, si tiene los mismos efectos que sea admitido o verificado, lo que leí, entiendo que se admite y no se verifica porque la concursada se opuso y que luego de que venza el plazo de 20 días, sino se opone la concursada, queda verificado es así??? o debo plantear algo???
y lo del pronto pago si puedo pedirlo

gracias
 #1185969  por LegalSocietario
 
Son dos cosas diferentes...

Primero se VERIFICA...

Luego es ADMISIBLE o INADMISIBLE

Lo tuyo ya está...

Ahora tenés que esperar.
Viene el informe general
Luego el acuerdo.
Y finalmente la homologación.


Con respecto al pronto pago, no hay proveido que diga tal.
Debe surgir del informe del sindico o por solicitud de uds.

Se va pagar cuando haya fondos y solamente la parte privilegiada.

Date una repasada a la ley de concursos...
 #1186081  por SABRIN
 
Gracias por contestar.-
Si el pronto pago se pidió junto con la verificación y el sindico en el informe del art. 35 estable que créditos entran en el pronto pago.-
Yo pensaba presentar un escrito pidiéndolo ahora en el expediente el pronto pago, se puede, fondos tienen, es una empresa que trabaja y por los informes mensuales que presenta el sindico tienen una ganancia mensual alta?
Todo el tiempo leo la ley pero, como no es algo que haga, me surgen dudas, inclusive consulte a un abogado especialista, que me había dicho que lo mas probable era que no presenten propuesta de categorización de acreedores, porque eramos los únicos laborales, y si presentaron, y pretenden poner al acreedor laboral junto con los demás, a eso me debo oponer o al menos puedo opinar? por lo que leí entiendo que si
gracias
 #1187827  por SABRIN
 
Buen día.
Retomando el tema, en el expediente ordenaron el pronto pago y como no hay fondos suficientes, se dispuso afectar el 3% mensual del ingreso bruto de la explotación comercial.-
No dice nada de como se va a pagar.
Como se sigue, la concursada tiene que depositar mensualmente el 3% de lo que surja del informe del sindico, y cuando este depositado se pide giro, o hay que esperar que este todo el dinero y pedir giro?
La realidad es que el crédito es por un monto alto y con un 3% mensual no cobra mas, puedo oponerme a esa resolución ? se que es lo que dice la ley y del informe mensual de la sindico surge que los fondos alcanzarían para abonar la mitad del crédito., pero tengo alguna herramienta para oponerme o espero y si no depositan puedo pedir la quiebra, necesito me aconsejen...

Gracias.-