Estimados, buenas tardes a PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP". Quisiera, el que pueda, me de una mano en esto, que es asì.
Trabajador se accidenta in itinere, volviendo a su hogar en GBA de su trabajo en CABA. Su ART, con domicilio legal en Pcia. de Santa Fe cubre todo lo que corresponde e indemniza. Pero, al ser in itinere no paga el 20% del art. 3º de la ley.
La idea es reclamar en consecuencia pero dónde deberìa iniciar: en Pcia. de Bs. As que es el lugar del accidente? en CABA que es el domicilio de prestación de trabajo aunque ya lo despidieron y no trabaja mas ahí? en Santa Fe, domicilio de la demandada lo cual serìa practicamente imposible?
Muchas gracias por su atención y sus comentarios. Saludos a PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP"!
Trabajador se accidenta in itinere, volviendo a su hogar en GBA de su trabajo en CABA. Su ART, con domicilio legal en Pcia. de Santa Fe cubre todo lo que corresponde e indemniza. Pero, al ser in itinere no paga el 20% del art. 3º de la ley.
La idea es reclamar en consecuencia pero dónde deberìa iniciar: en Pcia. de Bs. As que es el lugar del accidente? en CABA que es el domicilio de prestación de trabajo aunque ya lo despidieron y no trabaja mas ahí? en Santa Fe, domicilio de la demandada lo cual serìa practicamente imposible?
Muchas gracias por su atención y sus comentarios. Saludos a PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP"!