estimados, me surgen dos dudas en relacion a una causa que estamos llevando, se pidio por un incumplimiento contractual fundandonos en la ldc 24240 el reintegro del dinero por la compra de un vehiculo ( que se encuentra en el taller oficial hace 5 meses. el proceso esta trabada la litis, pero llaman a mi cliente para decirle que el vehiculo esta para retirar. aun no se lo intimo ni notifico fehacientemente, pero cuando eso suceda que conviene hacer, denunciarlo en el expediente y constituirnos como depositarios?, lo digo por el objeto del reclamo en si que no era la entrega del mismo sino la devolución del importe.
la otra duda es porque este cliente, por la urgente necesidad de movilidad propia compro un nuevo auto, deberia dennunciarlo como hecho nuevo? me suma o me resta?
muchas gracias
la otra duda es porque este cliente, por la urgente necesidad de movilidad propia compro un nuevo auto, deberia dennunciarlo como hecho nuevo? me suma o me resta?
muchas gracias
