Hola a todos, resumo: honorarios embargados y transferidos a la cuenta del juzgado. Practico liquidación de intereses con tasa activa, planteando inconstitucionalidad de tasa pasiva y de eso traslado al obligado al pago. Impugna liquidación diciendo que los honorarios estaban depositados en la cuenta del juzgado desde 2016, lo acredita (recién ahora), y practica liquidación con tasa pasiva por si le corresponde pagar los intereses. Contesto yo esa impugnación reiterando mi liquidación practicada anteriormente. A eso el jugado despacha. "Téngase presente la contestación de la impugnación". Mi duda es: AHORA COMO SIGO???, no deberían del juzgado resolver esa impugnación para ver si corresponde o no el pago de los intereses?, y de corresponder, qué tasa aplicar??. NO se cómo seguir, Ayuda por favor