astur escribió: ↑Mar, 30 Ene 2018, 22:14
schoenfeld escribió: ↑Jue, 25 Ene 2018, 21:51
Hola. Yo los hice sin turno los que residen en el exterior, (MEXICO) Tuve dos. Me mandaron todo certificado por el consulado. Con ellos no podia sacar turno. Los presente en la Udai de Barracas. Respecto de los bancos probé 12 en tres dias diferentes todos en la zona de Capital y por insistencia de los clientes . NINGUNO FUNCIONO.
Los turnos de CABA los habilitan a las 7 am. Y mas o menos hasta las 8 am. Luego no hay mas. Lamentablemente desde ayer sale un cartel rojo de ocurrio un error... y a todos nos pasa que a ninguna hora funcionó.
Los de provincia he podido conseguir sin problemas.
Schoenfeld, los del exterior, te presentastes sin turno, con el poder y con la acceptacion del beneficiario y abogado.
algo mas?
Gracias
Astur, te copio lo que dice sobre el tema la Resolución DNYP-07-02/17.
E) Procedimiento para la presentación de casos de Titulares Residentes en el Exterior
El Titular deberá realizar la aceptación de los términos y condiciones y la asignación del abogado en la página web de ANSES/ Mi ANSES/Reparación Histórica, ingresando con Clave de Seguridad Social.
En caso de que el Titular se encuentre momentáneamente en el País, deberá proceder conforme lo dispuesto en el Apartado A -Procedimiento para la presentación del Titular y Abogado- de la presente Norma.
En caso de que el Titular se encuentre en el exterior:
Operador
1. Recibe al Abogado.
2. Verifica la identidad de acuerdo a la normativa vigente.
3. Verifica si se ha realizado el inicio del trámite desde Mi ANSES/Reparacion Historica:
3.1 Si se ha realizado, continúa en punto 4.
3.2 Si no se ha realizado, informa la situación al abogado y da por finalizada la atención.
4. Verifica que el Titular tenga acreditado en ADP el domicilio en el extranjero.
4.1 De estar acreditado, continúa en punto 5.
4.2 De no estar acreditado, informa al abogado que deberá acreditarlo conforme el procedimiento vigente.
5. Imprime el acuerdo, el cual firma y coloca sello aclaratorio en cada una de las hojas para hacer entrega al Abogado. El Titular deberá firmar el Convenio ante funcionario del Consulado del país de residencia, quien deberá certificar la firma.
6. Cuando se presente el abogado con el Acuerdo firmado por el Titular, verifica la certificación, las cuales pueden realizarse mediante certificación consular o bien, por el sistema simplificado de apostillas:
6.1 De encontrarse correctamente certificado, solicita que el Abogado firme el Acuerdo en el espacio correspondiente.
6.2 De no encontrarse correctamente certificado, informa la situación y da por finalizada la atención.
7. Certifica la firma que fue realizada en su presencia.
8. Realiza copia y entrega como constancia de firma del acuerdo.
9. Informa que el Acuerdo será remitido al Poder Judicial de la Nación electrónicamente y que podrá verificar el estado de su trámite consultando el número de expediente que figura en el Acuerdo ingresando en la página Web de ANSES en la opción Consulta de Expedientes finalizando la gestión del trámite.
10. Caratula en forma manual en ANME WEB un expediente bajo tipo de trámite 274 en Estado 14- “Iniciación”-. Consigna en el campo Beneficio el número de Beneficio por el cual está gestionando la Reparacion Historica.
10.1 Adjunta el original del Acuerdo firmado.
11. Escanea la documentación obrante en el expediente:
11.1 Acuerdo Original firmado.
11.2 Foja de certificación Consular del Convenio.
12. Incorpora las imágenes en el sistema de acuerdo a lo establecido en el MAUS-62-07
Jefe de UDAI
13. Verifica la documentación y que el acuerdo escaneado subido al aplicativo sea idéntico al firmado en papel.
13.1 Si detecta errores, devuelve todo al operador. Continúa en el punto 12.
13.2 Si no detecta errores,
13.3 Ingresa a Intranet/Reparación Histórica/Exentos-Firmador Jefe de UDAI
13.4 Firma digitalmente el convenio.
13.5 Devuelve el expediente 274 al Operador quien cambiará el Estado en ANME en forma Manual a 9- “Resuelto”.
13.6 Procede a la guarda del expediente.
F) Residentes en el exterior con apoderado cuyo poder especial para Reparación Histórica fue extendido en el país
El Titular deberá realizar la asignación del abogado y la aceptación de los términos y condiciones en la página web de ANSES/ Mi ANSES/Reparación Histórica, ingresando con Clave de Seguridad Social.
Operador
1. Recibe al Abogado y al Apoderado.
2. Verifica la identidad de ambos de acuerdo a la normativa vigente.
3. Verifica si se ha realizado el inicio del trámite desde Mi ANSES/Reparacion Historica:
3.1 Si se ha realizado, continúa en punto 4.
3.2 Si no se ha realizado, informa la situación al abogado y da por finalizada la atención.
4. Verifica que el Titular tenga acreditado en ADP el domicilio en el extranjero.
4.1 De estar acreditado, continúa en punto 5.
4.2 De no estar acreditado, informa al abogado que deberá acreditarlo conforme el procedimiento vigente
5. Verifica la validez del poder especial:
5.1 Si es válido, continúa en el punto 6.
5.2 Si no es válido, informa tal situación y finaliza la atención.
6. Ingresa a ADP con el CUIL del Titular y selecciona la opción “Reparación Histórica”, de acuerdo a lo detallado en el Manual de Usuario correspondiente.
7. Imprime el Acuerdo por duplicado.
8. Solicita la firma ológrafa en el Acuerdo.
9. Certifica las firmas que fueron realizadas en su presencia.
10. Entrega una de las copia como constancia.
11. Informa que el Acuerdo será remitido al Poder Judicial de la Nación electrónicamente y que podrá verificar el estado de su trámite consultando el número de expediente que figura en el Acuerdo ingresando en la página Web de ANSES en la opción Consulta de Expedientes finalizando la gestión del trámite.
12. Caratula en forma manual en ANME WEB un expediente bajo tipo de trámite 274 en Estado 14- “Iniciación”-.Consigna en el campo Beneficio el número de Beneficio por el cual está gestionando la Reparacion Historica.
13. Imprime la caratula y adjunta el original del Acuerdo firmado y Poder Especial.
14. Escanea la documentación obrante en el expediente:
14.1 Acuerdo Original firmado.
14.2 Poder Especial
15. Incorpora las imágenes en el sistema de acuerdo a lo establecido en el MAUS-62-07
Jefe de UDAI
16. Verifica la documentación y que el acuerdo escaneado subido al aplicativo sea idéntico al firmado en papel.
16.1 Si detecta errores, devuelve todo al operador. Continúa en el punto 15.
16.2 Si no detecta errores,
16.3 Ingresa a Intranet/Reparación Histórica/Exentos-Firmador Jefe de UDAI
16.4 Firma digitalmente el convenio.
16.5 Devuelve el expediente 274 al Operador quien cambiará el Estado en ANME en forma Manual a 9- “Resuelto”.
16.6 Procede a la guarda del expediente.