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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1193146  por calolo10
 
BUENAS TARDES:

AUN NO COBRE NINGÚN CASO DE REPARACIÓN HISTÓRICA DESDE EL 2016, ALGUNO PUEDE LLEGAR A SABER A QUE SE DEBE????

POR FAVOR, SI ALGUIEN TIENE RESPUESTA SE LO AGRADEZCO.
 #1193147  por SAIJ2017
 
Primero fijate si metiste la DJ con tu condicion de Inscripcion en AFIP y IIBB. Si sos Autonomo tenes una DDJJ especial si sos monotributista la comun + IIBB que correspondan a la jurisdiccion. hay un link en la pagina del CPACF queles sirve a todos.

Si esta todo OK fijate en la pagina de ANSES con tu CSS y aplica el filtro abonados.

En PJN tenes que tener el convenio homologado y notificado y la notificacion debe estar firme.

Si cumplis todo y no te pagaron presentate en coordinacion de costas, o nota al director ejecutivo. Tambien podes iniciar ejecucion con costas si pasó suficiente tiempo. Fijate de tener respaldo de haber cumpliodo todo ya que el juez te va a decir que tenes que presentar DDJJ etc etc. Si ya lo hiciste contestale que inicie ejecucion con costas e intereses. Inicia ejecucion notifica ANSES para que oponga exepciones y sigue el baile.
 #1193994  por martha01
 
Podes presentar una nota en el Colegio Publico, porque somos muchos Colegas en la misma situacion.
Ademas hay casos donde figura su tramite esta siendo procesado hace mas de un año, y asi no cobraremos nunca, el Colegio va a intervenir.
Fijate que agregaron dos cosas que debemos cumplimentar que no estaban en los primeros mails recibidos del PROVE
el PF 1.25 y la constancia del banco de la cuenta con el CBU, yo los agregué igual.
Espero te sirva este comentario
 #1193998  por Demi
 
martha01 escribió: Lun, 26 Feb 2018, 10:49 Podes presentar una nota en el Colegio Publico, porque somos muchos Colegas en la misma situacion.
Ademas hay casos donde figura su tramite esta siendo procesado hace mas de un año, y asi no cobraremos nunca, el Colegio va a intervenir.
Fijate que agregaron dos cosas que debemos cumplimentar que no estaban en los primeros mails recibidos del PROVE
el PF 1.25 y la constancia del banco de la cuenta con el CBU, yo los agregué igual.
Espero te sirva este comentario

Buenos días, una consulta, sabes si se le cobra al cliente de la reparación histórica algún honorario o solo lo que paga ANSES?

Se que existe una Ley sobre honorarios profesionales, la Ley 17040 que en su Artículo 5° dice que "Los abogados y procuradores de la matrícula no podrán percibir de los beneficiarios que representen o patrocinen, honorarios que excedan del importe dos meses de la prestación que a éstos corresponda. En el caso del apartado 2 del artículo 4º, el honorario no podrá exceder del diez por ciento (10%) del importe de la suma a percibir, con el tope indicado precedentemente".

Si se cobra como dice la Ley acá, podremos tener alguna represalia por parte de Anses?

Saludos.
 #1194001  por martha01
 
Los casos de reparacion historica los paga Anses.
La ley se refiere si inicias jubilaciones o pensiones u otros tramites.
Fijate bien la ley.
 #1194002  por Demi
 
"Beneficiarios que representen o patrocinen". Creo que acá se patrocina y en ningun momento de que son honorarios para iniciar jubilaciones o pensiones.

Me parece una burla los 1200 pesos, por eso preguntaba.