Buenos días. Me trajeron un pagaré para ejecutar, desde la entrada en vigencia del código cc no hago ninguna. Por lo que estuve leyendo el plazo de 3 años de prescripción se sigue aplicando. Pero un colega me dijo que debo alegar y probar causa. En todos los casos es así? En este caso no puedo probar causa porque es un simple préstamo de dinero que se plasmó en el pagaré. Saludos y gracias