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 #1194314  por lilianalp
 
Buenos días. Me trajeron un pagaré para ejecutar, desde la entrada en vigencia del código cc no hago ninguna. Por lo que estuve leyendo el plazo de 3 años de prescripción se sigue aplicando. Pero un colega me dijo que debo alegar y probar causa. En todos los casos es así? En este caso no puedo probar causa porque es un simple préstamo de dinero que se plasmó en el pagaré. Saludos y gracias
 #1194376  por legalescom
 
La prescripción del pagaré es a los tres años y como tiene vida propia, no se debe probar causa alguna. Sobre el tema, ver: viewtopic.php?t=236720