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  • USUCAPION - cesion de acciones y derechos posesorios

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 #896697  por Emmeko
 
HOLA!!
Tengo un caso que no se como hacerlo.
Un cliente quiere comprar un terreno el cual no esta escriturado, el actual "poseedor" lo enajena contra la entrega del valor pactado y acambio entrega cesion de acciones y derechos posesorios.
se realiza la escritura publica y posteriormente la escrituracion.

No tengo ni remota idea de que pasos dar. :oops:

Es correcto el proceder que el vendedor propone? que debo verificar???

Gracia a todos!
 #897122  por alemardel
 
Es viable pero bastante riesgoso, se fijó de cuántos años es la posesión y que esté documentada? Haces una cesión de derechos posesorios por escribano y luego tendrás que hacer usucapión para escriturar.
Si te sirve te dejo un modelo que saqué de una escritura de cesión de derechos hereditarios y posesión. Espero la puedas adecuar a tu caso. está incompleta porque la escritura es mucho más larga y agrega los antecedentes de una sucesión que ahora no viene al caso.

En la ciudad de Buenos Aires, a los x días del mes de x de x. Ante mi, Escribanos autorizante, COMPARECEN x .- Por la otra parte comparece el sr. X.- El nombrado en primer término MANIFIESTA: que es único y legítimo heredero de su padre don X fallecido el ___ de __ de::: y de su madre doña X, fallecida el ___ del mes de ___ de____ y que en tal carácter CEDE y TRANSFIERE  los derechos hereditarios que le corresponden en los juicios sucesorios de los mencionados padres ESPECIALMENTE los derechos relativos a la propiedad adquirida según boleto de Compra-Venta por el cual el sr. X, con fecha _____ adquirió de los sres. X, con domicilio en ___ UN lote terreno ubicado en ____, Provincia de  Buenos Aires, designado como número ____ de la Manzana ___ y que MIDE: ______ SUPERFICIE:______. El adquirente manifiesta: que está impedido y que la presente venta cesión y transferencia de todos sus derechos hereditarios la firma a su ruego el sr X ante los testigos X y Z.- esta cesión se realiza por la suma total de 1111111 PESOS de los cuales el cedente recibió antes de ahora la suma de pesos 111 de igual moneda, por dicha suma el Sr. X da al Sr. X suficiente recibo y carta de pago a su nombre, en este acto el cedente recibe el saldo o sea la suma de PESOS 111111 de igual moneda, con lo cual queda saldado el precio total. El cedente otorga posesión al cesionario del inmueble deslindado anteriormente, libre de ocupantes e intrusos con los impuestos pagos hasta el mes de X.- en este acto, la esposa del cesionarios Sra. X MANIFIESTA: que presta conformidad con la VENTA /CESION/TRANSFERENCIA de los derechos hereditarios que por este acto se le otorgan como asi también a la posesión que la ha otorgado sobre el inmueble mencionado en este acto.
 #897597  por CHAPU
 
Buen asesoramiento del colega. La sesion debes recibir luego de investigar y asegurarte que no existan otros interesados. El valor del inmueble debe ser menos de la mitad de un lote con escritura. Si te conviene, la posesion es importante y con el tiempo puedes iniciar el juicio..
 #897664  por Emmeko
 
Moooooyy bueno che!!! te agradezco muuucho el aporte.
aun no verificamos nada, el cliente me vino con la consulta y me econtre como adan.
El domingo el cliente se junta con el vendedor para verifiar el informe de dominio que el vendedor tiene y ahi arrancamos la investigacion!!

Cuanto puede cobrar un escribano para la escritura publica por la sesion, aproximadamente una idea? (colegiada y todo obvio)

Muchas gracias =)
 #897738  por Marianok
 
No es necesario ceder por escritura pública, no se trata de derechos litigiosos.
Yo que vos hago una cesión de la posesión por instrumento privado y después que certifiquen la firma ante un escribano.
Cobrales el 5% del valor de la operación, de una. Al escribano pagale los 80$ más o menos por certificar las firmas.
Esto si no hay terceros con interés en el terreno.
 #897920  por Emmeko
 
Marianok escribió:No es necesario ceder por escritura pública, no se trata de derechos litigiosos.
Yo que vos hago una cesión de la posesión por instrumento privado y después que certifiquen la firma ante un escribano.
Cobrales el 5% del valor de la operación, de una. Al escribano pagale los 80$ más o menos por certificar las firmas.
Esto si no hay terceros con interés en el terreno.
No hay terceros. el ultimo movimiento que tuvo esto fue hace 60 años.
Es muy buena opcion. muchas gracias!!
Que opina el resto?