Hola, necesito saber cual es la normativa ( PREV, circular, resolucion de afip o conjunta) que indique que los residentes en el extranjero NO PUEDEN ABONAR DEUDA en afip, ni siquiera la deuda generada cuando el titular residia en el pais, esto es a raiz de una persona que tiene años como docente, rrdd y autonomo/monotributista, en los ultimos 18 años reside en el extranjero, no llega a los 30 años con la 24476 si o si necesita abonar deuda autonomos
Sí puede regularizar por moratoria la deuda de los años que vivió en la Argentina.
Saludos